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Caso Prats: Corte Suprema ratifica condenas para cúpula de la DINA

En un fallo calificado como histórico -y después 36 años- se dieron a conocer este jueves el fallo definitivo con las condenas dictadas contra los responsables de los homicidios del otrora comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert. Manuel Contreras, quien estaba condenado a dos penas de presidio perpetuo, fue condenado a 17 años de presidio mayor sin medidas alternativas.


La Corte Suprema ratificó este jueves las condenas a los principales responsables del asesinato del general Carlos Prats, y su esposa, ocurrido en 1974 en Buenos Aires, durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), informaron fuentes judiciales.

El fallo condenó a diecisiete años por homicidio calificado, más otros tres años y un día por asociación ilícita, a los dos máximos responsables de la policía secreta de Pinochet, el general retirado Manuel Contreras y el ex brigadier Pedro Espinoza Bravo.

Ambos habían sido condenados, en un fallo de primera instancia que después fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago, a dos cadenas perpetuas por homicidios calificados, más otros 20 años por asociación ilícita.

El asesinato de Prats, comandante en jefe del Ejército durante el Gobierno de Salvador Allende y antecesor de Augusto Pinochet en ese cargo, fue el primero de varios atentados cometidos en el exterior por agentes de la DINA.

La sentencia conocida hoy pone fin a un proceso que se inició en 2002, cuando la Corte Suprema abrió una investigación por el asesinato ejecutado en territorio extranjero, al considerar que la ejecución de este delito comenzó en el país, con la planificación del atentado.

Uno de los puntos importantes de este fallo reside en la unificación de las penas, que si en la primera y segunda sentencia eran de dos cadenas perpetuas por los dos homicidios, ahora son de una única condena de diecisiete años de prisión, sin beneficios, por ambos asesinatos.

Además, la sentencia impone quince años y un día de prisión en calidad de autores del homicidio a otros cuatro represores, el general retirado Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, el ex brigadier José Zara y los ex coroneles Cristoph Willeke Floel y Juan Morales Salgado.

En el anterior fallo, Iturriaga Neumann había recibido dos condenas de quince años de presidio, mientras que a los otros tres implicados se les habían impuesto dos condenas de diez años de prisión para cada uno de ellos.

Asimismo, a los cuatro se les habían impuesto condenas de 541 días por el delito de asociación ilícita, que en la sentencia definitiva han quedado reducidas a cien días para cada uno de ellos.

Tanto Contreras y Espinoza como estos cuatro condenados, a los que el fallo otorga prisión efectiva, se encuentran ya en la cárcel, cumpliendo otras condenas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

En tanto, la sentencia también rebaja la pena a la escritora Mariana Callejas, ex esposa del agente estadounidense de la DINA Michael Towley, que deberá cumplir cinco años de prisión con beneficios, es decir, en libertad vigilada.

Callejas, que según el expediente fue quien activó el control remoto que hizo explotar la bomba que mató a Prats y a su esposa, se hizo conocida por celebrar en su casa tertulias literarias a las que asistían conocidos escritores, mientras en el sótano su marido fabricaba bombas, gas sarín o torturaba prisioneros.

En tanto, el miembro civil de la DINA Jorge Iturriaga Neumann, hermano de Raúl, que había recibido dos condenas de cinco años y un día como cómplice del doble crimen, deberá cumplir también una única condena de cinco años con beneficios, lo que en la práctica le exime de ir a prisión.

Asimismo, el ex suboficial Reginaldo Valdés Alarcón obtuvo dos penas de 541 días de presidio menor en su grado medio con beneficio de remisión condicional de la pena como cómplice del doble crimen, lo que significa que también las cumplirá en libertad.

Ésta es la única condena que la Corte Suprema mantuvo inalterada respecto a los fallos de primera y segunda instancia.

De esta forma, Callejas, Jorge Iturriaga y Reginaldo Valdés, que se encuentran en libertad, no tendrán que ingresar en prisión.

EFE

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