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Senadora Allende promueve iniciativa para terminar con falsas donaciones de supermercados, farmacias y retail

A juicio de la legisladora socialista, ese acto común y corriente de donar parte del vuelto “que ocurre a diario y en forma constante en supermercados, farmacias y otras tiendas del retail, constituye una situación tributaria que la gran mayoría de la población desconoce, a pesar de ser quienes soportan patrimonialmente las donaciones que se efectúan por este mecanismo”.


La senadora PS Isabel Allende presentó un proyecto de ley que modifica Ley de Donaciones con fines sociales y públicos a fin de limitar el beneficio tributario otorgado por la ley 19.885, con lo que busca poner término a los “abusos y aprovechamientos que hacen supermercados, farmacias y otras tiendas del Retail de los beneficios tributarios”, al momento de solicitar a las personas o consumidores que donen su vuelto para ir en ayuda de ciertas fundaciones u organizaciones sociales.

Según explicó la parlamentaria socialista, el objetivo de la iniciativa presentada en la Cámara Alta es que el beneficio sólo sea aplicable a las personas naturales o jurídicas, que realmente sean donantes, pudiendo ellos imputar este beneficio con las boletas correspondientes donde se acredite el monto y fecha de la donación. Ello, porque, según recalcó, muchas de esas empresas antes mencionadas hacen pasar como suya esa donación acogiéndose al no pago de impuestos, en circunstancias que la donación proviene de las personas naturales.

Allende explicó que en el último tiempo se ha hecho común que al momento en que el consumidor termina una transacción comercial y se apresta a recibir su boleta y vuelto, le sea solicitada una donación voluntaria para alguna fundación o corporación con fines de beneficencia. Pero, a su juicio, ese acto común y corriente “que ocurre a diario y en forma constante en supermercados, farmacias y otras tiendas del retail, constituye una situación tributaria que la gran mayoría de la población desconoce, a pesar de ser quienes soportan patrimonialmente las donaciones que se efectúan por este mecanismo”.

La senadora Allende aseveró que lamentablemente en la práctica “es la empresa o persona jurídica que recauda la donación realizada por el comprador quien finalmente podrá obtener el beneficio tributario, específicamente el crédito, establecido en la ley 19.885. Sin embargo, esta empresa o persona jurídica sólo actúa como recaudadora de las donaciones realizada por los consumidores, quienes entregan parte de su vuelto en la compra con fines sociales o de beneficencia”.

Las legisladora fue categórica en plantear que lo concreto es que son los contribuyentes “quienes realizan el papel de donantes y no la empresa que es mera recaudadora, debiendo ser aquellos quienes únicamente deban recibir el o los beneficios tributarios que establece la ley”.

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