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Corte Suprema confirma fallo que condena a universidad a pagar indemnización por publicidad engañosa

Ucinf deberá cancelar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales y una indemnización por daño moral de $4.000.000 a cada uno de los 10 estudiantes de la carrera de perito forense que demandaron al plantel de educación superior.


La  Corte Suprema ratificó que la Universidad de Ciencias de la Informática (Ucinf) deberá cancelar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $1.889.000), y una indemnización por daño moral de $4.000.000 a cada uno de los 10 estudiantes de la carrera de perito forense que demandaron al plantel de educación superior.

En fallo dividido, los ministros rechazaron el recurso de queja presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel que condenó al plantel por infracción a la Ley de Consumidor.

El fallo determina que los ministros del tribunal de alzada no cometieron falta o abuso al dictar la sentencia que, el 4 de enero de 2011, condenó a la casa de estudios por publicidad engañosa.

En segunda instancia, los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel habian determinado que la Ucinf infringió la Ley del Consumidor al publicitar maliciosamente una carrera que no tenía campo laboral.

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