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Tribunal califica de “ilegal y arbitrario” proceso que adjudicó licitación en Chiledeportes

Caso se refiere a la organización de las Corridas Bicentenario e involucra una presentación en Contraloría donde diputados DC cuestionaron vínculo de amistad del dueño de la empresa que se adjudicó el evento con la presidenta de la Comisión Evaluadora, María José Torrealba Simonetti, jefa de gabinete del subsecretario Gabriel Ruiz-Tagle.


El Tribunal de la Contratación Pública dictó sentencias en las dos causas que tenía en contra del Instituto Nacional de Deportes por presuntas irregularidades en licitaciones realizadas por dicho organismo el año pasado.

El concurso cuestionado era para organizar las “Corridas y Cicletadas del Bicentenario”, y la empresa ganadora no habría contado con los requisitos para postular, lo que fue denunciado también en Contraloría por los diputados Gabriel Ascencio y Jorge Burgos en julio del año 2010.

“No obstante lo claro de los términos de las bases, el oferente Meta Proyectos S.A. jamás acreditó su experiencia, puesto que no acompañó los certificados requeridos al efecto. Ello, a pesar de que con fecha 21 de junio de 2010, Chiledeportes le solicitó tal información a través del mismo portal www.mercadopublico.cl“, explicaron los legisladores.

Asimismo, acusaron que existe una relación de amistad entre el dueño de la compañía, Juan Pablo Grez Gubbins, y la presidenta de la Comisión Evaluadora de las dos licitaciones, María José Torrealba Simonetti, jefa de gabinete de Gabriel Ruiz-Tagle e hija del alcalde de Vitacura, Raúl Torrealba.

El 10 de diciembre, los diputados DC recibieron la respuesta de Contraloría. El organismo decidió iniciar un sumario administrativo, tras determinar que la sociedad se adjudicó el concurso sin contar con los requisitos establecidos para ello.

El pasado 3 de junio el Tribunal de la Contratación Pública acogió la demanda de impugnación presentada por Eventos E.I.R.L., empresa que pedió el concurso público, “sólo en cuanto se declara ilegal y arbitrario el acto referido a la evaluación de las ofertas y la resolución que adjudicó la licitación”.

Además en el pronunciamiento de los jueces Álvaro Arévalo Adasme, Fernando Román Díaz y Tulio Triviño Quiroz, también se reconoció “al demandante el derecho a entablar en la sede respectiva las acciones jurisdiccionales indemnizatorias y las administrativas pertinentes”.

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