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Informe de autopsia del Presidente Allende no acredita su suicidio

Se explica que cuando Allende murió se inició un proceso judicial en la justicia militar para dar legalidad a la versión, pero “todo fue irregular, partiendo porque no había ninguna razón jurídico-procesal para que un tribunal militar llevara la investigación de la muerte de un civil no habiendo militares como inculpados”.


El abogado querellante en la causa por la muerte del Presidente Salvador Allende, Roberto Ávila, dijo que el informe de autopsia del SML que se le hizo a los restos del ex mandatario “no deja establecido de manera indubitada las circunstancias en que perdió la vida el presidente Allende”, por lo que “haremos una presentación a los tribunales haciendo valer todos nuestros reparos, que son varios,  graves y coherentes”.

Explicó que cuando Allende murió se inició un proceso judicial en la justicia militar para dar legalidad a la versión, pero “todo fue irregular, partiendo porque no había ninguna razón jurídico-procesal para que un tribunal militar llevara la investigación de la muerte de un civil no habiendo militares como inculpados”.

“Nunca nadie le dio credibilidad a ese proceso ni a las “diligencias” que en el se practicaron, incluida la autopsia, por eso el presidente de la Corte Suprema y la Fiscal Judicial de la Corte de Apelaciones, doña Beatriz Pedrals, consideraron necesario una nueva verdadera investigación judicial, que recayó en el ministro don Mario Carroza”, explicó.

El supuesto para decretar la exhumación de los restos de Allende se produjo porque la “autopsia practicada en medio del terror dictatorial no era creíble. Sin embargo, de un modo manifiesto y evidente el actual informe del SML en todas sus conclusiones fundamentales no razona a partir de una investigación propia sino que da por ciertas y establecidas las conclusiones de la autopsia anterior”.

El abogado también cuestiona el informe anterior, debido a que no existieron garantías mínimas de lo que procesalmente se conoce como “cadena de custodia” de los elementos periciados, por lo que el documento “no puede por si mismo probar nada, en ningún tribunal del mundo. A lo sumo podría servir de base para una presunción judicial, si se hubiera realizado sin el prejuicio de dar por válida la autopsia anterior, cosa que ocurrió”.

Sin embargo, señala que lo más grave es que el informe muestra incoherencias y contradicción, debido a que “parte señalando que la pericia se practica sobre los restos de un cadáver “esqueletizado”, cuya muerte se produjo hace 38 años y cuya exhumación se produce el 23 de mayo de 2011. Se señala que hay fracturas pos-mortem y señales de autopsia previa”.

“Luego empiezan a aparecer constataciones inaceptables e imposibles de sustentarse a partir de la propia pericia  tales como “no hay signos de ingesta ni absorción de alcohol etílico”. Es evidente que esa constatación no pudo emanar de las pericias practicadas a partir de la exhumación del 23 de mayo, pues ellas mismas señalan estar hechas a un cadáver esqueletizado”, precisa Ávila.

Agrega que el documento señala la “posibilidad de dos disparos (en secuencia) en el mismo evento de disparo de un fusil AK 47” y luego añade la “posibilidad técnica de salida de dos proyectiles en el mismo evento de disparo de un fúsil AK 47” y por último se señala que “el disparo ha podido ser hecho por la propia persona””.

Para los peritos, un fusil AK-47 es lo mismo que un AKM-47, pero para quien realmente entienda de armas hay una  gran diferencia, sostiene el profesional.

Además, el informe sostiene que hay “ausencias de signos de lucha”. Cómo pueden llegar a una conclusión así del sólo examen de un cadáver “esqueletizado”, es algo inexplicable y judicialmente inaceptable. Los signos de lucha pueden ser perfectamente hematomas y erosiones, los cuales, sino queremos insultar la inteligencia, deberemos compartir que no quedan registrados en los huesos de un cadáver”.

Ávila menciona que el informe afirma la existencia de residuos de disparos en la mano, lo cual es “una  conclusión muy peregrina e inaceptable aún para el sentido común. Las huellas de pólvora al hacer uso de un arma de fuego quedan en la piel y no en los huesos”.

Sobre el punto de que se da por establecido el “hallazgo del arma en las manos”, el abogado precisa que “esto es una falsedad que no se sostiene a sí misma. Cómo podría el informe tener por establecido el “hallazgo de arma en las manos” ,  si el supuesto fusil no ha aparecido hasta el día de hoy en el proceso y evidentemente no estaba en la urna en que se encontraban los restos del Presidente Allende”.

“La calificación de la muerte de una persona como suicidio, que es una categoría jurídica no médica, no es algo que corresponda a los peritajes sino al tribunal. Porque este informe se apresura en sacar conclusiones jurídicas que no le corresponden y que no es capaz de sustentar en el mérito de su propia pericia?. No lo sabemos”, concluyó el abogado Ávila.

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