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CIADI falla a favor de Chile y anula pago de US$10 millones de dólares a Víctor Pey

Luego de 15 años, termina uno de los juicios internacionales más largos en la historia del centro arbitral y el único vigente contra el Estado de Chile ante el tribunal internacional.


El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial, aceptó el recurso de nulidad presentado en el año 2010 por el Gobierno de Chile respecto a la sentencia que en el 2008 había condenado a Chile al pago de 10 millones de dólares a los demandantes Víctor Pey Casado y la Fundación Presidente Allende.

Dicho fallo estaba fundado en un supuesto trato indebido otorgado por el Estado atendida la dictación de un acto administrativo y en relación con sus alegaciones sobre la propiedad de una máquina impresora y no en la confiscación de los bienes del diario El Clarín en el año 1973, como alegaron inicialmente los demandantes.

“Es un gran triunfo para nuestro país y un logro para nuestro Gobierno que luego de más de una década de tramitación en uno de los juicios internacionales más largos e irregulares en la historia del centro arbitral, el CIADI haya validado los argumentos de la defensa chilena”, afirmó el vicepresidente ejecutivo del Comité de Inversiones Extranjeras, Matías Mori, abogado que estuvo a cargo de la defensa de los intereses del Estado en este caso.

De este modo termina el procedimiento que se inició en 1997 con la solicitud de arbitraje presentada por Víctor Pey Casado y la fundación española Presidente Allende.

La demanda inicial interpuesta por los demandantes solicitaba una indemnización por un monto ascendente a 515 millones de dólares, que luego fue aumentado mediante recurso de revisión a 797 millones de dólares. La defensa chilena limitó el monto de dicha indemnización a 10 millones de dólares y posteriormente solicitó la nulidad del fallo condenatorio, la cual fue acogida por el tribunal internacional.

“Estamos muy satisfechos, ya que después de un largo y complejo proceso, el CIADI ha llegado a la conclusión de que la sentencia condenatoria en contra del Estado de Chile carecía de fundamentos suficientes para exigir el pago de una indemnización por parte de nuestro país”, afirmó el abogado.

Agregó que “Chile es uno de los destinos preferentes para la recepción de inversiones extranjeras, gracias a su respeto por el estado de derecho y protección de los inversionistas, lo que ha sido reafirmado por la decisión de este importante tribunal internacional”.

Matías Mori agradeció a los equipos técnicos por la colaboración en la defensa de los intereses del Estado, que fueron coordinados por los abogados Paolo Di Rosa, del estudio jurídico Arnold & Porter, y por Jorge Carey y Gonzalo Fernández, ambos del estudio jurídico Carey, quienes asesoraron ad honorem al Estado de Chile.

Este juicio era el único vigente contra el Estado de Chile ante el CIADI.

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