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Tricel rechaza reclamación de candidata transexual contra el Servel

Tricel rechaza reclamación de candidata transexual contra el Servel

“No pudiendo aparecer en la papeleta electoral como Valentina, no me queda otra opción que bajar mi candidatura», sostuvo Valentina Verbal.


El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) rechazó la reclamación interpuesta contra el Servicio Electoral (Servel) por Valentina Verbal, precandidata RN por Recoleta e Independencia, quien es transexual. Cabe recordar que el organismo no aceptó la petición de Verbal en cuanto a figurar en la papeleta electoral con su nombre de género.

A juicio de la Verbal, el Tricel no quiso entrar al fondo de la cuestión, amparándose en una razón de forma: que el autoacordado de este tribunal, publicado en el Diario Oficial el 4 de mayo pasado, dispone que las reclamaciones o impugnaciones deberán interponerse por los partidos políticos de manera privativa. En otras palabras, se rechazó la circunstancia que la candidata hiciese la reclamación de manera personal, ajustándose al autoacordado, publicado el 7 de abril de 2012, que autoriza de manera expresa esta forma de comparecencia.

Verbal señaló que, “desde el partido, se consultó debidamente al Tricel sobre cuál es la normativa procedimental vigente para las elecciones primarias, y se señaló que es el autoacordado que aparece publicado en la web del tribunal, y éste, en su numeral 48, permite reclamar a título personal. Además, por vía telefónica y en la misma presentación del escrito de reclamación, la secretaría del tribunal, reiteró que se podía comparecer de manera personal”.

Asimismo, agregó la candidata, “resulta incomprensible que este problema de forma se venga a señalar en la sentencia final del caso, y no en la resolución inicial que acogió lo tramitación, permitiéndose incluso la realización de un alegato por parte de mi abogado; alegato que versó sobre el fondo de la cuestión y no sobre aspectos de admisibilidad”.

Según Verbal, resulta decepcionante que ni el Servel ni el Tricel hayan querido entrar al fondo de la petición solicitada: la de aparecer según su identidad de género en la papeleta electoral. “El Servel nunca quiso responder directamente. De manera formal, sólo lo hizo ante el Tricel. Por su parte, este tribunal, derechamente, se lavó las manos a través de una leguleyada formal. Además, esta situación revela mala fe del tribunal, ya que, si bien es cierto que la ley se presume conocida por todos —lo cual, dicho sea de paso, los abogados saben que es una ficción jurídica—, los autoacordados, que son normas específicas, en honor de la transparencia que debe orientar las acciones de todos los órganos del Estado, deberían ser debidamente publicitados de manera activa por el organismo en cuestión, y no sólo publicados, sin que nadie se entere, en el Diario Oficial”. “Si se revisa la página web www.tricel.cl —añadió la candidata—, se puede fácilmente constatar que el autoacordado que aparece publicado en su portada o home, referido a la tramitación de reclamaciones ante este tribunal, no es otro que el publicado el 7 de abril de 2012, y que en su numeral 48 sí permite la comparecencia personal”.

Por otra parte, Verbal indicó que hoy verá con sus abogados (del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales) si es posible agotar otras instancias, como un posible Recurso de Protección, a fin de mantener su candidatura al Parlamento. Pero, indicó, “no pudiendo aparecer en la papeleta electoral como Valentina, no me queda otra opción que bajar mi candidatura por las razones que antes he señalado: nadie me conoce con mi nombre legal, y además porque creo que, desde una perspectiva ética de y de derechos humanos, las personas tienen el derecho a que se les respete su identidad personal en el trato de parte de los organismos públicos, especialmente frente a la comunidad”.

Finalmente, expresó Verbal: “lo que ha hecho el Servel es desconocer por completo normas internacionales sobre identidad de género, suscritas por el Estado de Chile, además de la propia ley antidiscriminación que, de manera expresa, contiene esta categoría, la que, según estándares internacionales y la misma praxis de otros organismos en Chile (como el Minsal y el Servicio Médico Legal), supone tratar públicamente a las personas trans según su nombre social, sobre todo cuando ello constituye una vía para el ejercicio de los derechos fundamentales, emanados de los organismos públicos. Por este motivo, y agotando las instancias judiciales internas, no descarto recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por discriminación del Estado de Chile en razón de mi identidad de género”. “No hay que olvidar —concluyó Verbal— que el fallo del caso Atala e Hijas contra el Estado de Chile reconoció la identidad de género, junto con la orientación sexual, como categoría protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos”.

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