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Uniones de hecho y no de derecho

Uniones de hecho y no de derecho

Las Uniones Homosexuales o del mismo sexo han sido ya reguladas jurídicamente en varios países de Europa y América Latina. Sin embargo, cuando un vínculo de este tipo se pretende hacer valer en un país que no lo reconoce dentro de su ordenamiento jurídico, surgen inevitablemente problemas.


Argentina es el pionero dentro de los países latinoamericanos en aprobar la ley de unión para personas del mismo sexo. Esta ley legaliza la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual; algo que en Chile se busca con ansias y aún no tiene una respuesta definitiva y cada vez se vislumbran más problemas para llegar si quiera a reconocer esta acción como derecho.

Es por eso que el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) se moviliza constantemente para pelear por lo que creen es su derecho y exigir la urgencia a la aprobación del Acuerdo de Vida en Pareja, así como el debate parlamentario del matrimonio igualitario.

La abogada de Fastlegal, María Inés Ibacache explicó que “actualmente, no hay ley que regule las relaciones de hecho, quedando este tipo de relaciones, o incluso de familias en la completa indefensión. Sin perjuicio de ello, actualmente se encuentra en proyecto la tramitación de la ley que regulará la vida en común, pero se está sin duda a años luz de imitar lo que ya sucede en otros países del mundo”.

La jurista de Fastlegal aseguró que “la forma de regular este tipo de relaciones, es dictando una ley que las regule, Proyecto de ley que se encuentra en el congreso esperando ser aprobado “de acuerdo de vida en común”. Sin embargo, aclara la abogada ésta iniciativa regularía legalmente algunos aspectos, pero no del todo lo que es un matrimonio civil como se aplica a los heterosexuales”.

La abogada Ibacache explicó que “si bien este proyecto está en el congreso, su discusión y aprobación no debiera ser un trámite tan largo, ya que, sin ir más lejos, es la propia constitución de la república que establece un catalogo de derechos, derechos fundamentales que son protegidos por la acción de protección y amparo, uno de los principales reclamos o petición que hacen los homosexuales cuando pelean por una ley que proteja sus relaciones”.

La jurista de Fastlegal afirmó que, “a diferencia de lo que ocurre con el matrimonio, donde el código civil señala expresamente que esta institución se trata de la unión entre un hombre y una mujer, el proyecto de ley del acuerdo de vida en común no hace distinción entre parejas homosexuales o heterosexuales, es mucho más transversal y humana; además de lo ya señalado en caso de haber algún tipo de distinción arbitraria, podría llegar a aplicarse la ley zamudio por discriminación”.

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