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FIFA advierte sobre contradicciones a su estatuto de nueva ley de TV digital Conmebol insinúa posibles sanciones

FIFA advierte sobre contradicciones a su estatuto de nueva ley de TV digital

A través de un escrito, el órgano rector del fútbol mundial explica cómo la explotación comercial de sus derechos de retransmisión audiovisual como son los partidos del Mundial y las clasificatorias, permite su financiamiento y su participación en actividades de beneficencia deportiva.


La recién despachada ley de TV digital ya está comenzando a provocar dolores de cabeza en el fútbol chileno, luego que la Secretaría General de la FIFA enviará el pasado 1 de noviembre una carta a la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) en la que advierte que la nueva normativa contradice sus estatutos.

Según publica La Tercera, el artículo 17 de la ley de TV digital “no parecería estar en línea con los estatutos de la FIFA», el cual establece que los partidos de la selección chilena deberán ser transmitidos por TV abierta.

El escrito explica cómo la explotación comercial de sus derechos de retransmisión audiovisual como son los partidos del Mundial y las clasificatorias, permite su financiamiento y su participación en actividades de beneficiencia deportiva.

“La FIFA es capaz de desarrollar sus objetivos estatutarios, en primer lugar, gracias a la venta de los derechos de retransmisión audiovisual y mercado-técnicos de la Copa Mundial”, sostiene la carta de respuesta del órgano del fútbol mundial y que en 2012 representaron el 87% de sus ingresos totales.

Sin embargo, la FIFA a pesar de que sostiene que contradice sus estatutos, no habla de eventuales sanciones, pero la Conmebol deslizó una advertencia de carácter informal a través de una misiva.

«Esta infracción podría conllevar la suspensión de la FFCh (Federación de Fútbol chilena) de los derechos que el estatuto de la Conmebol le reconoce, como la participación en competiciones internacionales de sus clubes y selecciones nacionales. Ello incluso si la injerencia de un tercero no puede imputarse a la asociación miembro en cuestión, como sucede en el presente caso», menciona la Conmebol.

Por su parte, la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) explicó a ambos organismos que esa disposición fue discutida siempre por ellos.

 

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