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Corte IDH revisará casos de víctimas de la dictadura a los que Estado chileno «denegó justicia»

Corte IDH revisará casos de víctimas de la dictadura a los que Estado chileno «denegó justicia»

Además, el tribunal reiteró la necesidad de «reparar plenamente a las víctimas y sus familiares, incluyendo tanto el aspecto moral como el material, por las violaciones de los derechos humanos sufridas».


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) verá el caso de «Omar Humberto Maldonado y otros» contra el estado de Chile, relativo a la denegación de acceso a la Justicia de las víctimas de la dictadura chilena, se informó hoy oficialmente.

«Esta denegación de Justicia se derivó de la falta de investigación de oficio y diligente de los hechos de tortura sufridos por las víctimas en el marco de la dictadura militar chilena», afirmó en un comunicado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que presentó el caso ante la CorteIDH, con sede en Costa Rica.

«Asimismo, al rechazar los recursos de revisión y reposición interpuestos el 10 de septiembre de 2001 y el 7 de septiembre de 2002, respectivamente, el Estado chileno incumplió su obligación de ofrecer un recurso efectivo a las víctimas para dejar sin efecto un proceso penal que tomó en cuenta pruebas obtenidas bajo tortura», agregó la comisión.

El organismo, independiente de la Organización de Estados Americanos (OEA), sometió el caso a la jurisdicción de la CorteIDH el pasado 12 de abril, al considerar que el Estado chileno «no cumplió las recomendaciones» del Informe de Fondo elaborado por la misma CIDH.

En dicho informe, la Comisión había recomendado a Chile «investigar, juzgar y sancionar penalmente las torturas cometidas en perjuicio de las víctimas y establecer las responsabilidades penales y/o administrativas» correspondientes por la omisión de investigar las torturas padecidas y que fueron puestas en conocimiento de las autoridades judiciales chilenas.

Asimismo, pidió adoptar las medidas necesarias para otorgar un recurso judicial efectivo para la protección de los derechos que les fueron negados a las víctimas y sus familiares, en particular, respecto al valor probatorio de las confesiones llevadas a cabo bajo los efectos de tortura.

Además, la CIDH reiteró la necesidad de «reparar plenamente a las víctimas y sus familiares, incluyendo tanto el aspecto moral como el material, por las violaciones de los derechoshumanos sufridas».

«El presente caso permitirá a la Corte pronunciarse sobre los medios judiciales que debe ofrecer un Estado para dar aplicación efectiva a la regla de exclusión, es decir, para asegurar que ningún proceso o condena en la cual se tomó en consideración prueba obtenida bajo tortura, tenga efectos jurídicos», dijo la comisión.

Las víctimas demandantes del caso son Omar Humberto Maldonado Vargas, Álvaro Yañez del Villar, Mario Antonio Cornejo Barahona, Belarmino Constanzo Merino, Manuel Osvaldo López Ovanedel, Ernesto Augusto Galaz Guzmán, Mario González Rifo, Jaime Donoso Parra, Alberto Salustio Bustamante Rojas, Gustavo Raúl Lastra Saavedra, Víctor Hugo Adriazola Meza e Ivar Onoldo Rojas Ravanal.

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