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Organizaciones de diversidad sexual festejan despacho a ley de proyecto que crea el Acuerdo de Unión Civil

Organizaciones de diversidad sexual festejan despacho a ley de proyecto que crea el Acuerdo de Unión Civil

«Este día, cuando las familias diversas y las parejas de igual y distinto sexo pueden celebrar la igualdad, lo dedicamos a cada una de las víctimas de la homofobia y la transfobia y a cada conviviente heterosexual que a lo largo de la historia sufrió el estigma y la discriminación por no estar casado», expresó en una declaración el Movilh después que la Cámara de Diputados aprobará la iniciativa con una mayoría de 78 votos.


Por 78 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones, la Cámara de Diputados ratificó este miércoles el informe de Comisión Mixta del proyecto que establece el Acuerdo de Unión Civil (UAC). El nuevo nombre –inicialmente se llamó Acuerdo de Vida en Pareja y luego Pacto de Unión Civil)– es uno de los acuerdos tomados en dicha instancia, visada por diputados y senadores.

Tras la votación, el Presidente de la Cámara, diputado Aldo Cornejo (DC), agradeció al Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh) y a la Fundación Iguales, así como a todas las organizaciones que acompañaron el trámite de esta iniciativa.

La Cámara había despachado la semana pasada la iniciativa, con cambios respecto de lo que había aprobado el Senado en el primer trámite. Este lunes, los senadores rechazaron estas modificaciones, lo que obligó a la conformación de una Comisión Mixta.

De esta forma, la Mixta concordó los puntos en que había divergencia entre ambas ramas del Congreso. Uno de ellos, fue la posibilidad de establecer un eventual orden de prelación en el caso de inhabilidad física o moral de los padres, para que el juez determine quién deberá hacerse cargo de los hijos de uno de los convivientes.

«Se ha dado un paso histórico para lo no discriminación y para el avance de los derechos humanos, cerrándose un nuevo capítulo en la lucha por la igualdad y, por cierto, abriéndose nuevas páginas y desafíos», manifestó el Movilh en un comunicado.

Agregó que «este día, cuando las familias diversas y las parejas de igual y distinto sexo pueden celebrar la igualdad, lo dedicamos a cada una de las víctimas de la homofobia y la transfobia y a cada conviviente heterosexual que a lo largo de la historia sufrió el estigma y la discriminación por no estar casado».

La entidad manifestó también que «las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales que iniciamos la lucha por la igualdad hace más dos décadas somos unos privilegiados (…) porque hemos visto pasar frente a nuestros ojos el repudio y el desprecio total, los pequeños y grandes avances hacia mejores condiciones de igualdad y hoy llegamos a este momento, de reconocimiento de la diversidad familiar que deja a las nuevas generaciones un mejor país. Pocas personas, pocas instituciones han tenido la fortuna de luchar contra la total represión y alcanzar a vivir y disfrutar las señales de la igualdad plena».

Finalmente, el Movilh recordó y agradeció «a las primeras autoridades que adhirieron a esta lucha en momentos que había que ser valientes para hacerlo: las ex diputadas María Antonieta Saa y Fanny Pollarolo, quienes fueron ofendidas y denigradas por respaldarnos. Valoramos que el gobierno de Sebastián Piñera enviara una ley que hoy nos tiene en este camino. Agradecemos especialmente los esfuerzos del ministro (Álvaro) Elizalde, así como de cada uno de los parlamentarios y parlamentarios que empujaron genuinamente esta ley sin más interés que contribuir a mejorar la calidad de las personas y hacer real la universalidad de los derechos humanos».

Por su parte, el presidente de Iguales, Luis Larraín, resaltó que el AUC beneficiará a «dos millones de chilenos y chilenas que van a poder optar ahora por esta alternativa para regularizar la situación de familia», y expresó que la aprobación del proyecto «es tremendamente emocionante para quienes hemos sentido la marginación de la sociedad, incluso hemos luchado contra nosotros mismos, con intentos de relaciones heterosexuales, para esos gays y lesbianas de la tercera edad que se han sentido marginados de la sociedad».

«Esta ley ayuda a que todas esas personas que tienen todavía prejuicios y mitos, sepan que no hay nada malo en que dos personas que tienen una vida en común tengan hijos», agregó, enfatizando que «la sociedad se va a ir acostumbrando a que seamos parte de ella», ya que «el matrimonio ya no es la única forma de regulación familiar».

El proyecto

La norma aprobada indica que «podrá el juez, en el caso de inhabilidad física o moral de ambos padres, confiar el cuidado personal de los hijos a otra persona o personas competentes, velando primordialmente por el interés superior del niño, conforme a los criterios establecidos en el artículo 225-2», y agrega que «en la elección de estas personas se preferirá a los consanguíneos más próximos y, en especial, a los ascendientes, al cónyuge o al conviviente civil del padre o madre, según corresponda».

Causales de término

Respecto a las causales de término del Acuerdo de Unión Civil, se establecen la muerte natural de uno de los convivientes civiles; la muerte presunta de uno de los convivientes civiles y también por la comprobación judicial de la muerte de uno de los convivientes civiles; el matrimonio de los convivientes civiles entre sí, cuando proceda; por mutuo acuerdo de los convivientes civiles; por voluntad unilateral de uno de los convivientes civiles y por declaración judicial de nulidad del acuerdo.

Régimen patrimonial

El texto también define que los convivientes civiles conservarán la propiedad, goce y administración de los bienes adquiridos antes de la celebración del contrato y de los que adquieran durante su vigencia, a menos que se sometan de manera expresa a las reglas que se establecen en la ley, las que deberán ser acordadas por los contrayentes al momento de celebrarse el acuerdo de unión civil.

Al respecto, establece que “los bienes adquiridos a título oneroso durante la vigencia del acuerdo se considerarán indivisos por mitades entre los convivientes civiles, excepto los muebles de uso personal necesario del conviviente que los ha adquirido” y que “para efectos de esta ley, se tendrá por fecha de adquisición de los bienes aquella en que el título haya sido otorgado”.

Si los convivientes civiles han pactado el régimen de comunidad podrán sustituirlo por el de separación total de bienes.

Adicionalmente, se estipula que cada conviviente civil será heredero intestado y legitimario del otro y concurrirá en su sucesión de la misma forma y gozará de los mismos derechos que corresponden al cónyuge sobreviviente. Además, podrá también ser asignatario de la cuarta de mejoras.

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