El decreto establece: «Reemplázase en el artículo 6°, el listado de animales dañinos, por el siguiente», en el que además de nombrar a especies como el Sapo africano, Cotorra argentina, Conejo, Liebre, Laucha, Rata negra y Guarén, se incluye a las «Jaurías de perros salvajes o bravíos».
El sábado 31 de enero, el Ministerio de Agricultura, aprobó la modificación al reglamento de la Ley de Caza, en que «la modificación referida precedentemente incluye entre los animales dañinos a las jaurías de perros salvajes o bravíos, autorizando su caza o captura en las condiciones que se establecen».
El decreto relata: «Reemplázase en el artículo 6°, el listado de animales dañinos, por el siguiente», en el que además de nombrar a especies como el Sapo africano, Cotorra argentina, Conejo, Liebre, Laucha, Rata negra y Guarén, se incluye a las «Jaurías de perros salvajes o bravíos».
Estas jaurías son descritas como: «Perros salvajes o bravíos, que se encuentren en jaurías, fuera de las zonas o áreas urbanas y de extensión urbana, a una distancia superior a los 400 metros de cualquier poblado o vivienda rural aislada, los que deberán capturarse o cazarse en los términos establecidos en la Ley y el presente reglamento».
Las reacciones de organizaciones animalistas y en redes sociales no se dejaron esperar, el hashtag #NOALACAZADEPERROS ha sido durante dos días trending topic en Twitter y hasta Woki Toki, se ha unido con una campaña en contra del decreto.
Nos oponemos firmemente a la caza de perros en Chile o cualquier otra parte del mundo #NOALACAZADEPERROS pic.twitter.com/C3IGtQYdFq
— Woki Toki (@wokitoki) febrero 4, 2015