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Absuelven de todos los cargos a adolescente de 14 años que estuvo seis meses preso acusado de violar a anciana

Absuelven de todos los cargos a adolescente de 14 años que estuvo seis meses preso acusado de violar a anciana

La sentencia del 7° Tribunal Oral recogió los argumentos de la defensora Bárbara Antivero y determinó que «las falencias probatorias anotadas conllevan no solo la absolución del justiciable, sino que también, en consonancia con dicha decisión, la imposición del pago de las costas de la causa a los acusadores, atendida la falta de sustento de su libelo”.


Desde el mismo día de la formalización del menor de 14 años L.G.G. por robo con violación y amenazas en contra de una anciana de 77 años, registrado el 12 de marzo  de 2014, la defensora penal juvenil Bárbara Antivero planteó ante el 13° Tribunal de Garantía su convicción de que su defendido no tenía participación en los hechos. A medida que la causa fue avanzando y se conoció más evidencia científica, la defensora llegó a plantear la inexistencia del grave delito sexual, que inicialmente tuvo una amplia difusión por los medios de comunicación. Un año después de esa primera audiencia, el 7° Tribunal Oral absolvió al adolescente de todos los cargos y condenó al pago de las costas a la Fiscalía por llevar a juicio un caso con tan poco sustento.

La Defensoría Penal Pública detalló que el fallo de los magistrados José Pérez Anker (Presidente), Héctor Plaza y Fernando Monsalve fundó extensamente por qué el tribunal descartó la violación, el robo y también las amenazas que el fiscal Roberto Contreras aseguró que el imputado profirió a la víctima cuando abandono su domicilio. La sentencia contiene varias críticas a la investigación del persecutor que quedó de manifiesto en el considerando 10, donde sostiene “que las falencias probatorias anotadas conllevan no solo la absolución del justiciable, sino que también, en consonancia con dicha decisión, la imposición del pago de las costas de la causa a los acusadores, atendida la falta de sustento de su libelo”.

El caso del menor, que no tenía antecedentes al momento de su detención, fue ampliamente difundido por la prensa escrita, noticiarios de TV y matinales, que reprodujeron las imputaciones de la policía y de la Fiscalía, sindicándolo como el autor del robo con violación de la anciana. Sin embargo, después no informaron del vuelco del caso con la absolución del menor.

En la formalización el 13° Tribunal de Garantía acogió la solicitud de la Fiscalía respecto a la internación provisoria en un recinto del Sename, en la que permaneció tres meses hasta que la defensora Bárbara Antivero logró que ésta fuera cambiada por el arresto domiciliario total. Pero el joven no respetó el régimen y se le volvió a aplicar la privación de libertad por otros tres meses, hasta el juicio en que fue absuelto.

Vecinos agitan el barrio

Varios vecinos de calle Gregorio De la Fuente en Macul estaban descontentos con la llegada de nuevos moradores de una casa que pertenecía a una empresa y que había estado sin ocupantes. La compañía se la entregó para que la cuidara a un empleado, quien se instaló con su familia. Sin embargo, con ello comenzó una sucesión de fiestas y encuentros de jóvenes que alteraron la tranquilidad del barrio. El 9 de marzo de 2014 el hijo de la dueña de casa, Felipe García Curín (18), organizó una nueva fiesta a la que invitó y llegaron muchos jóvenes.

En la casa vecina vivía S.D.P. (77), quien –según su denuncia– dormía cuando fue despertada por un hombre joven. Dijo que éste la tomó por la fuerza, la golpeó y la violó. Precisó que el agresor hizo pausas en las que la dejó ir al baño, para después volver atacarla. En total –aseguró– la violó cuatro veces. Agregó que cuando el joven se retiraba de su casa notó que faltaba el notebook de su nieto y lo increpó por ello, aunque reconoció que no vio que portara nada. Concluyó señalando que, al irse, el invasor le dijo que sabía que estaba sola y que volvería otro día.

La víctima llamó a una vecina y le contó lo ocurrido, y luego denunció los hechos a funcionarios de Carabineros y de Investigaciones.

 Pruebas dudosas

La acusación del fiscal Roberto Contreras Puelles contra L.G.G. se fundaba fundamentalmente en el testimonio de la víctima, y también en declaraciones de personas ligadas a la casa vecina. Pero el tribunal acogió varias de los cuestionamientos de la defensa a la versión de la víctima  S.D.P., señalando en su fallo “que sus dichos no encontraron correlato alguno en la prueba científica allegada al juicio”.

A los jueces les pareció que la denuncia de haber sido violentada y violada en 4 oportunidades era incompatible con la prueba científica que acreditó que la víctima no tenía ninguna lesión ni rastro de una agresión sexual. Más incomprensible resultaba esta inconsistencia si se considera la avanzada edad de S.D.P., que por razones de menor lubricación debería tener lesiones y hematomas visibles. “A la falta de corroboración científica a los dichos de la denunciante, según se ha venido estableciendo, se unen inconsistencias en su propio relato, de entre las cuales cabe consignar que resulta inexplicable que la mujer no hubiera gritado pidiendo ayuda cuando el sujeto conforme a su versión le permitió ir sola al baño”, agregó la sentencia. Y añadió que “por otro lado, las pericias químicas tampoco permitieron corroborar el relato de la mujer, toda vez que los exámenes de laboratorio no arrojaron presencia de espermios ni de fosfatasa ácida en la cavidad vaginal de la paciente”.

Otra inconsistencia subrayada por el fallo fue que en su primer relato, hecho a una vecina, dijo que había sido amenazada con un cuchillo, cosa que después nunca mencionó a la policía.

Respecto al robo, el tribunal tampoco apreció pruebas contra el imputado y subrayó que “nadie lo vio salir con objetos desde el inmueble de la mujer, que ésta tampoco lo vio apropiarse de objeto alguno y, más aún, la aludida declarante dijo expresamente que cuando acompañaba al sujeto para que hiciera abandono de su casa se dio cuenta que ya no se encontraba en su lugar el notebook de su nieto, el que –por lo mismo– de manera necesaria había sido sustraído con antelación”.  El fallo agregó que “refuerza dicha conclusión la circunstancia de que la misma denunciante señaló en el juicio que ocupantes de la casa vecina –en que se hacía la fiesta la noche de los hechos– en ocasiones anteriores ya habían entrado a robar a su hogar”.

Con esta conclusión el tribunal cuestionó la credibilidad de los dos testigos de la Fiscalía que dijeron que vieron al imputado en la fiesta. Se trata del organizador del evento Felipe García –que fue interrogado por la policía esa noche porque tenía la contextura y vestía una polera roja como las descritas por la víctima– y de su madre Claudia Curín. “En ese orden de ideas y en la medida que también pueden aparecer como sospechosos, pierden credibilidad los relatos de los moradores del señalado inmueble”, refirió la sentencia.

Otra inconsistencia del caso fue la identificación que la víctima hizo del imputado. Ella aseguró que era mayor de edad, de entre 18 y 25 años, y que era más alto que ella, a lo menos 1,68 metros. La defensa cuestionó la identificación, ya que el imputado recién había cumplido 14 años y al momento de los hechos medía 1,57 metros. Esto quedó de manifiesto con la foto del imputado que ella reconoció, en que claramente se ve como un niño, y el retrato hablado en que ella describió a un hombre adulto. Al respecto el tribunal declaró que “visto por el Tribunal no le fue posible a los sentenciadores concluir el grado de semejanza”. A los jueces  les extrañó también que la víctima haya dicho que su agresor no tenía ni cicatrices ni lunares característicos en el rostro. Dice la sentencia que “es del caso que el justiciable sí tiene un lunar sobre el labio superior izquierdo, mismo que el Tribunal pudo observar y que no podía dejar de ver la denunciante habida consideración de que conforme a su relato interactuó bastante rato con el agente, le pudo ver el rostro y lo tuvo a escasa distancia”.

Crítica a la investigación

En este punto el fallo critica la investigación de la Fiscalía por la no realización de una diligencia clave, que impidió que las muestras de semen detectadas en la casa de la víctima pudieran ser cotejadas. El tribunal advierte que “tales perfiles genéticos hallados en el sitio del suceso no se pueden vincular al acusado. Más aún, si bien los dichos de los intervinientes no constituyen pruebas, emplazado directamente por la defensora en cuanto a que a su representado no se le tomó una muestra de ADN para el cotejo, el fiscal nada replicó al respecto, lo que incluso descarta que éste se haya negado a entregar una muestra de su ADN. Simplemente no se le pidió”.

El último testimonio incriminatorio para el imputado estaba relacionado con el celular que la víctima dijo que le arrebató a su agresor. El aparato era nuevo y según la PDI tenía sólo un número digitado a las 2:00 del domingo 9 de marzo de 2014, que resultó ser de otro menor que estaba en la fiesta, C.F., el que interrogado, dijo que esa llamada podría deberse a que el imputado le mostró su nuevo celular y le pidió su número para probar si tenía carga. La defensora Antivero resaltó que por esta declaración supuestamente llegaron a su defendido, en circunstancia de que él no asistió a la fiesta, que ese no era su celular y que en el juicio el perito presentado por la Fiscalía señaló que la llamada existió, pero a las 19:45 de ese domingo, o sea, muchas horas después de que la PDI ya había incautado el aparato desde el sitio del suceso. “Para coronar toda esta extraña historia del celular en el juicio el joven C.F. dijo que ese no era el aparato que supuestamente el imputado le mostró en la fiesta”, señaló.

Conocida la sentencia absolutoria a L.G.G. le fueron quitadas las esposas y recobró su libertad. Su madre, que asistió a audiencias anteriores del juicio, no pudo asistir a esta última sesión porque no pudo ausentarse de su trabajo. Sí estuvo presente su hermano mayor. Según su defensora, los planes de su defendido, que hoy tiene 15 años, son retornar a su casa y hacer los trámites para volver a clases en su liceo.

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