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Los argumentos de José Ramón Flores, el juez que afirma ejecutivos de farmacias sí cometieron delito al coludirse Fue voto de minoría en fallo dividido del Cuarto Tribunal Oral de Santiago

Los argumentos de José Ramón Flores, el juez que afirma ejecutivos de farmacias sí cometieron delito al coludirse

El magistrado considera que la «abundante» prueba esgrimida por el Ministerio Público, sobre la base de numerosos correos electrónicos, da cuenta de los arreglos para alterar de manera fraudulenta los precios de una cantidad importante de medicamentos.


El suyo fue el voto de minoría en el fallo del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que, este martes, absolvió a los 10 imputados en el caso de la colusión de las farmacias. El juez José Ramón Flores Ramírez, a diferencia de las magistradas María Inés Collin Correa y Laura Andrea Assef Monsalve, cree que los ejecutivos de las cadenas Salcobrand, Fasa y Cruz Verde, sí cometieron un delito al orquestarse para elevar el precio de decenas de medicamentos en el escándalo que quedó al descubierto en 2008 y que generó la indignación de la ciudadanía.

En su argumentación esgrimida en el veredicto dado a conocer hoy, Flores afirma que ello queda en evidencia en «la abudante prueba del Ministerio Público entre ellas correos electrónicos por medio de los cuales se comunicaban empleados de laboratorios y funcionarios de rango medio y gerencial de las farmacias Cruz Verde, Salcobrand y Farmacias Ahumada, con el objeto de coordinar y alterar los precios de ciertos medicamentos, en general al alza, y estas no eran consecuencia de sus políticas de precios ni de algún imponderable del negocio».

Las juezas Collin y Assef consideraron que hubo colusión, pero que esta fue el resultado de procedimientos no reñidos con la ley, cuestión que el magistrado rechaza. «Que siendo un delito de resultado se requiere de un nexo causal entre el medio fraudulento empleado y el resultado que corresponde a la alteración del precio natural de las mercaderías, que en la especie efectivamente el acuerdo entre oferentes tuvo como finalidad alterar el precio natural de medicamentos, en este caso, siendo dicha confluencia de voluntades efectuada con el objeto de realizar un artificio apto para alterar el valor pecuniario de dichas mercaderías, alterando las reglas del mercado», sostiene.

Y agrega: «Llegado ya a este punto, es necesario recordar que en esta sede penal estamos conociendo de una acusación por el delito previsto en el artículo 285 del Código Penal y no la infracción contemplada en el artículo 3 ° letra a) del DL 211, que se refiere a la colusión (…). Así en materia de libre competencia, las sanciones son de tipo administrativo, específicamente pecuniarias. En materia penal, las penas son corporales y pecuniarias, y si el fraude recae en objetos de primera necesidad se ordena al comiso. Por otro lado, los bienes jurídicos que uno y otro ilícito protegen son diversos, así en el artículo 285 del Código Penal se protege el mercado y sus precios naturales y en el artículo 3 ° del DL 211 la libre competencia».

En el fallo resultaron absueltos los acusados Roberto Belloni Pechini, Ramón Ávila Silva, Mehilin Velásquez, Claudia Carmona Zúñiga, Judith Carreño Oteiza (todos ellos de Salcobrand), Sergio Purcell Robinson, Ricardo Ewetz Munchmeyer (ambos ex ejecutivos de Fasa), Ricardo Valdivia Kloques, Cristián Catalán López (de Cruz Verde) y Mario Zemelman Riveros (del laboratoro Mediapharm).

El juez Flores sólo se inclinó por absolver a Mehilin Velásquez y Claudia Carmona, por desempeñar en sus roles de «category managers» tareas en un nivel administrativo inferior al directorio y las gerencias general y comercial de Salcobrand, y a Judith Carreño, por desempeñar funciones en un peldaño inferior a las imputadas antes mencionadas.

El juicio oral se inició el pasado 9 de marzo después que la Corte de Apelaciones de Santiago revocó un acuerdo conciliatorio que la Fiscalía alcanzó con los imputados.

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