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Corte de Apelaciones rechaza recursos y valida alza en planes de isapres

Corte de Apelaciones rechaza recursos y valida alza en planes de isapres

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El tribunal de alzada capitalino justificó los fallos argumentando que las aseguradoras tienen la “libertad” por ley de reajustar los precios de sus planes de salud.


La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó en dos días cerca de 60 recursos de protección interpuesto por personas que buscaban congelar la tarifa de sus isapres.

El tribunal de alzada capitalino justificó los fallos argumentando que las aseguradoras tienen la “libertad” por ley de reajustar los precios de sus planes de salud.

Según consigna La Tercera, en los dictámenes fallados el 10 y 11 de agosto pasado «la Corte no advierte que el alza de precios propuesta sea producto de un acto ilegal ni arbitrario (…) es fruto del ejercicio de una facultad legalmente establecida y regulada (en los artículos 197 y 198 del Decreto con Fuerza de Ley 1, de 2005)».

Dicho texto legal es parte de la Ley de Isapres que establece que existe “libertad” de las instituciones de salud previsional para cambiar los precios base de los planes, una vez al año.

Los pronunciamientos indican que “atendido el bajo porcentaje del alza propuesto al precio base del plan (…) el control puede ejercerlo el propio afiliado, mediante el empleo de los recursos que la ley reconoce o incluso ejerciendo la opción de desafiliarse de una isapre que ejerce, de modo reprochable, la facultad de adecuar los contratos”.

Durante el 2015 se han presentado más de 68 mil causas contras las aseguradoras por las adecuaciones de los planes.

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