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Suprema anula sentencia que condenó a miembros del Ejército por obstruir investigación del caso Soria

Suprema anula sentencia que condenó a miembros del Ejército por obstruir investigación del caso Soria

La segunda sala del máximo tribunal acogió así los recursos de casación interpuestos por los ex uniformados y dispuso que el ministro en visita Alejandro Madrid no era competente para investigar los hechos y dispuso que la indagatoria continúe a cargo del juez Lamberto Cisternas.


La Corte Suprema resolvió que el ministro instructor del máximo tribunal Lamberto Cisternas Rocha deberá continuar con la investigación por los supuestos delitos de asociación ilícita, falsificación de instrumento púbico y obstrucción a la justicia en la investigación por el homicidio del funcionario de la Cepal Carmelo Soria.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Carlos Cerda y Julio Miranda– acogió recursos de casación deducidos e invalidó la sentencia dictada por el ministro en visita Alejandro Madrid, que condenó a miembros del Ejército como responsables de obstrucción a la investigación.

El fallo de la Sala Penal determina que el ministro Madrid era incompetente para investigar los hechos, investigación que corresponde que sea instruida por un ministro del máximo tribunal.

«Por aparecer de los antecedentes que efectivamente los hechos criminosos abordados en la investigación sumarial desplegada por el ministro en visita Extraordinaria señor Madrid en esta causa revisten el carácter de conexos al delito de homicidio de don Carmelo Soria Espinoza, al haberse denunciado la eventual perpetración de maniobras destinadas a procurar la impunidad de los autores de su muerte, resultaba necesario atender a las normas sobre competencia que rigen la substanciación de la causa, siendo imprescindible tener en consideración que aquellas que naturalmente habrían determinado en principio el tribunal a cargo de la instrucción del sumario de los hechos que revisten el carácter de principales –la muerte del señor Soria– han debido ceder en su aplicación frente a la presencia del factor materia que se ha invocado y reconocido, lo que ha debido incidir forzosamente en la determinación de la jerarquía del tribunal que debe conocer de estos autos, arrastrando los asuntos que podrían aparecer como propios del conocimiento de un tribunal determinado a un superior jerárquico», dice el dictamen.

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