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SVS y Movilh analizan los impactos del acuerdo de unión civil en los beneficiarios de pensiones

SVS y Movilh analizan los impactos del acuerdo de unión civil en los beneficiarios de pensiones

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“A este derecho se puede acceder con un año vigencia del AUC, período que se extiende a los 3 años si el acuerdo se selló cuando el conviviente era pensionado de vejez o invalidez. En tanto, en el caso de matrimonio se exigen sólo seis meses de casados”, indicó el Movilh.


La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) se reunieron para abordar los impactos en los beneficiarios de pensión y de seguros que tendrá el Acuerdo de Unión Civil (AUC), los cuales no son en todos los casos iguales al matrimonio.

En la reunión con el Superintendente Carlos Pavez y su equipo se explicó que en lo referente a las rentas vitalicias, el sobreviviente de un AUC podrá acceder al 60% de la pensión del fallecido en caso de no tener hijos.

“A este derecho se puede acceder con un año vigencia del AUC, período que se extiende a los 3 años si el acuerdo se selló cuando el conviviente era pensionado de vejez o invalidez. En tanto, en el caso de matrimonio se exigen sólo seis meses de casados”, indicó el Movilh.

Cuando hay dos hijos o más con derecho a pensión, el sobreviviente de un matrimonio siempre recibirá el 50%. En el caso de los convivientes civiles, el porcentaje será el mismo si hay hijos comunes. Si sólo son hijos del fallecido, la cifra puede bajar hasta un 15%

En tanto, la cuota mortuoria para el funeral será de 15 Unidades Fomento (unos 377 mil pesos al 29 de agosto del 2015), sea el sobreviviente de un matrimonio o de un AUC.
En lo referente seguros y beneficios “no hay claridad sobre si se aplica automáticamente al AUC o si se requieren modificaciones legales, pues las leyes que los regulan sólo hablan de cónyuges y no de convivientes”, indicó el Movilh.

A nuestro “entender debiese haber una igualación automática de derechos entre AUC y matrimonio en todos los casos que las leyes hablen de cónyuges. Lo anterior, en virtud del artículo 24 del AUC”

Dicho artículo establece que “las leyes y reglamentos que hacen alusión a los convivientes, sea con esta expresión u otras que puedan entenderse referidas a ellos, serán igualmente aplicables a los convivientes civiles”.

Pese a ello, no hay certezas sobre si son extensivos automáticamente al AUC derechos garantizados en el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (Soap) o en el Decreto Ley 1757 que otorga beneficios por accidentes y enfermedades al cuerpo de bomberos.

De todas formas en la SSV “hay un gran interés por contribuir a solucionar estos puntos, ya sea mediante modificación legal o una administrativa. Del mismo modo, elaborarán una sección de “preguntas frecuentas” en su sitio web para aclarar las dudas más recurrentes sobre el AUC y los temas que son de su competencia, aspectos que valoramos mucho”.

“De nuestra parte, volveremos a insistir ante la presidenta Bachelet para que cree un grupo de trabajo para aclarar variados derechos del AUC que siguen en la nebulosa o frente a los cuales hay opiniones contradictorias según sea la autoridad que responda”, puntualizó el Movilh

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