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Director del SII se lava las manos en casos de platas políticas: «Si las investigaciones por otros delitos no prosperan, no es responsabilidad del SII» Dice que el único plazo lo marcan las prescripciones

Director del SII se lava las manos en casos de platas políticas: «Si las investigaciones por otros delitos no prosperan, no es responsabilidad del SII»

«En cuanto a que los casos se caen sin una querella por delitos tributarios, asumo que ello dependerá de cada situación o carpeta de investigación penal abierta por el Ministerio Público, ya que, en dichos casos, pueden existir otros delitos que pueden ser perseguidos penalmente sin necesidad de una querella del servicio», explica Fernando Barraza.


El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, se lava las manos para los diversos casos de financiamiento irregular de la política, argumentando para ello que el organismo debe estar seguro que se está frente a un delito tributario y que se cumplen los requisitos de prueba, ya que de no prosperar «no es responsabilidad del SII».

En entrevista con El Mercurio, Barraza señala que casos como el de Marco Enríquez-Ominami, los hijos del senador Jorge Pizarro, Fulvio Rossi, Caval e incluso Jorge Sampaoli están aún en revisión, afirmando que es necesario investigar primero antes de actuar y que el único plazo que «nos marca son las prescripciones».

El timonel del SII también responde a los emplazamiento del fiscal nacional Jorge Abbott, quien señaló que se estaba a la espera que el organismo se querellara o denunciara los delitos de carácter tributario, porque de lo contrario «tendremos que terminar las causas por alguna de las formas de término que la ley establece».

«El SII debe verificar la condición de estar ante un delito tributario y que se cumplen los requisitos de prueba, dolo, efecto pedagógico, monto del perjuicio y otros criterios que son históricos. Lo anterior se efectúa mediante la llamada recopilación de antecedentes, que lleva tiempo realizar, más aún cuando se juntan muchas peticiones de los fiscales del Ministerio Público y los recursos del SII se ocupan principalmente en la fiscalización de los impuestos, que es su función esencial. Terminada la recopilación de antecedentes, se está en condiciones de tomar una decisión sobre la presentación de una eventual querella o la aplicación de una pena pecuniaria por los tribunales tributarios», explica.

En ese orden, Barraza agrega que «en cuanto a que los casos se caen sin una querella por delitos tributarios del SII, asumo que ello dependerá de cada situación o carpeta de investigación penal abierta por el Ministerio Público, ya que, en dichos casos, pueden existir otros delitos que pueden ser perseguidos penalmente sin necesidad de una querella del SII. Por lo demás, se trata de una materia que es competencia exclusiva del Ministerio Público y de sus fiscales, y el SII no conoce en profundidad dichas situaciones, ya que solamente se cuenta con los antecedentes de carácter estrictamente tributario que le son enviados. Nosotros colaboramos en aquello que no corresponde. Si las investigaciones por otros delitos no prosperan, no es responsabilidad del SII».

El director del SII insiste en que es fundamental recopilar todos los antecedentes para poder presentar una querella, puesto que «si usted no acompaña una recopilación de antecedentes rigurosa, no le está entregando elementos a la justicia para que tome la decisión correspondiente».

En cuanto a los plazos para tomar la decisión, Barraza explica que «no hay, tratamos de ser lo más ágiles posible, pero sin sacrificar rigurosidad. Por ejemplo, en el caso Caval, fuimos citados a la comisión investigadora y me decían los diputados ‘pero director, han pasado siete meses y el Servicio de Impuestos Internos no se manifiesta. Yo les aclaré que no habían pasado siete meses, nosotros recibimos los antecedentes del Ministerio Público en julio y cuando a mí me citaron, llevábamos tres meses investigando. Y lo dije en ese momento: hasta la fecha, no tenemos elementos de juicio suficientes para determinar una acción de querella».

Sobre el análisis de antecedentes para casos como los de ME-O, los hijos del senador Pizarro, entre otros, el director señala que «son todas investigaciones que están en este instante en curso. Los fiscales han puesto antecedentes a nuestra disposición para que nos pronunciemos. El Servicio de Impuestos Internos está todos los días trabajando en esto. Es más, con motivo de las vacaciones, hicimos un plan especial de turnos para que no se viera afectado el avance. Pero todo ello no implica necesariamente que dichos casos u otros terminarán necesariamente en querella. Depende de los antecedentes y de si hay mérito suficiente con base en los criterios que le señalé».

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