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Corte Suprema se abre a entregar beneficio de Libertad Condicional a reos de Punta Peuco En tres sentencias revocó decisión de la Corte de Apelaciones que lo había negado

Corte Suprema se abre a entregar beneficio de Libertad Condicional a reos de Punta Peuco

Se trata de los condenados por el caso Degollados, los hermanos Vergara y el secuestro del mirista Rudy Cárcamo, sobre quienes fueron ordenados nuevos informes psicológicos.


En tres sentencias pronunciadas entre el 18 de abril, el 27 de abril y el 2 de mayo de este año, la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelaciones que negó el beneficio de libertad condicional a los siguientes reos de Punta Peuco: Conrado Sesnic, Alex Ambler y Claudio Salazar Fuentes, todos condenados por delitos contra los Derechos Humanos.

En el caso de Conrado Sesnic, ex oficial de Carabineros, fue sentenciado a cinco años por el secuestro y desaparición  del militante del MIR Rudy Cárcamo, hecho ocurrido en 1974. Sesnic terminaba su condena en 2017.

En cuanto a Alex Ambler, era agente de la CNI el 29 de marzo de 1985, cuando fueron asesinados los hermanos Vergara-Toledo. Fue condenado a 7 años por el homicidio calificado de Rafael Vergara Toledo, condena que se termina el próximo año.

Otro de los que solicitó la libertad condicional, en el marco del proceso de postulaciones que se lleva a cabo en marzo y septiembre de cada año, fue Claudio Salazar Fuentes, quien a diferencia del resto está condenado a cadena perpetua por el asesinato de José Manuel Parada, Santiago Nattino y Manuel Guerrero, crimen ocurrido en 1985.

En todos estos casos la Corte de Apelaciones acogió lo consignado por Gendarmería y el Tribunal de Conducta de Punta Peuco, los que recomendaron no entregar el beneficio, basados en que los condenados no tienen conciencia del delito ni están arrepentidos, a pesar de su conducta sobresaliente.

Sin embargo, la Corte Suprema en su decisión acogió la apelación de las respectivas defensas, estimando que la «información remitida a la Comisión de Libertad Condicional por parte del Tribunal del Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco, en lo tocante a la evaluación psicológica y social del interno, es insuficiente, toda vez que se trata un informe elaborado por personal dependiente de Gendarmería de Chile, cuyas conclusiones se repiten reiteradamente y sin mayores modificaciones en cada uno de los casos de quienes se encuentra recluidos en dicho centro penitenciario, lo que permite concluir que en su elaboración no se actuó con la prolijidad y profundidad que tal labor requiere», y aunque no concede la libertad, sí ordena un nuevo informe que sea elaborado por entidades distintas.

La sentencia de la Suprema fue acordada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem,  María Eugenia Sandoval G., y Carlos Aránguiz Z. más el abogado integrante Jaime Rodríguez E. Las ministras Egnem y Sandoval votaron en contra. 

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