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Cárcel para la colusión: Comisión mixta aprueba que solo la FNE pueda querellarse y genera rechazo en el Congreso Ahora se votará en la Sala de la Cámara y en el Senado

Cárcel para la colusión: Comisión mixta aprueba que solo la FNE pueda querellarse y genera rechazo en el Congreso

Aunque se establece una pena de prisión que puede llegar a los 10 años y además se incrementan las multas en el doble del beneficio obtenido por el ilícito, solamente después de una sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, será el organismo económico y no el Ministerio Público el que deberá comenzar las acciones penales.


Listo para ser votado en la Sala de la Cámara de Diputados y luego en el Senado, quedó el proyecto que busca establecer penas de cárcel para el delito de colusión, esto después de que la comisión mixta entre senadores y diputados, conformada para la discusión, aprobara una modificación que permite exclusivamente a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) querellarse en los casos que corresponda y no al Ministerio Público.

La modificación se aprobó por ocho votos a favor y dos en contra. «Nos parece que esta indicación resguarda adecuadamente el funcionamiento de la institucionalidad de la libre competencia, donde se requiere una labor coordinada entre la FNE y el Ministerio Público y al mismo tiempo, se genera un incentivo claro para desbaratar carteles», afirmó el ministro de Economía Luis Felipe Céspedes, según consigna La Tercera.

El proyecto de ley contempla la pena de presidio mayor en su grado mínimo, lo que en la práctica significa un rango de de 5 años y 1 día hasta 10 años. Además, los  condenados no podrán ejercer durante 5 años cargos públicos, tener gerencias en empresas públicas, en sociedades anónimas, asociaciones gremiales, empresariales o partidos políticos.

En cuanto a las sanciones económicas, se propone que sea el doble del beneficio económico a través de la infracción.

La discrecionalidad de la FNE para presentar las eventuales querellas, por sobre el Ministerio Público, generó rechazo en algunos parlamentarios.

El diputado Sergio Espejo (DC), integrante de la comisión, dijo que «tenemos derecho a preguntarnos cuál va a ser el criterio para establecer ese compromiso grave de la libre competencia, ese daño grave de la libre competencia. Lo va a hacer una autoridad administrativa, en circunstancias que eso corresponde a los Tribunales de Justicia. Tenemos razones para señalar que establecimos en la ley un delito que debía ser perseguido, y ahora esta Comisión Mixta, por mayoría, resuelve que no serán perseguidos todos los delitos sino solo aquellos que, a criterio del Fiscal Nacional Económico, comprometan gravemente la libertad de los mercados. Es una mala solución, es una solución ambigua que mantiene grados de discrecionalidad de difícil presentación y es un error de la Comisión Mixta y del Ministerio de Economía”, dijo el también jefe de bancada de los diputados de la falange.

Por su parte, el senador RN Alberto Espina aseguró que “yo era partidario de que, una vez que hubiese condena por colusión, el Ministerio Público pudiese iniciar acciones penales, para lo cual en el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) debiera establecer si se afectaba gravemente a la libre competencia”, dijo.

“Se trata que exista una sentencia condenatoria del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que establece que hubo colusión, fija altas multas y da derecho a la indemnización a los consumidores afectados. Entonces, no comparto que se impida, en estos casos, a la Fiscalía ejercer la acción penal. Esto no afectaba para nada la delación compensada. Una acción penal del Ministerio Público era en contra de terceros que no hubiesen hecho uso de la delación compensada, ya que el que se acoge ella queda exento de responsabilidad penal, debiendo sí pagar las indemnizaciones a los afectados”, agregó Espina, quien votó en contra de la indicación.

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