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Diputado Rivas respira tranquilo: fue sentenciado a 180 días de pena remitida por injuriar a Luksic

Diputado Rivas respira tranquilo: fue sentenciado a 180 días de pena remitida por injuriar a Luksic

El parlamentario calificó al empresario como «máximo delincuente» e «hijo de puta». El fallo lo condena además a pagar una multa de casi dos millones de pesos, además de inhabilitarlo a ejercer cargos públicos mientras dura la condena. Paralelamente los medios de comunicación involucrados, deberán publicar la sentencia.


Una sentencia de 180 días de reclusión -pena remitida- fue la  que recibió diputado independiente Gaspar Rivas, condenado por el delito de injurias graves en contra del empresario Andrónico Luksic.

El parlamentario calificó al empresario como «máximo delincuente» e «hijo de puta». Fue por ello, que Luskic presentó una querella en su contra.

El viernes pasado, el juez Daniel Aravena, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago declaró a Rivas culpable en calidad de «autor de un delito de injurias graves cometidas a través de medios de comunicación social».

El diputado llegó temprano al Centro de Justicia donde se realizó la lectura de la sentencia condenatoria, donde comentó que su condena fue en el «día de los inocentes».

En el fallo , dictado en juicio oral simplificado por el magistrado Daniel Aravena Pérez, se impuso, además, al parlamentario la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 40 UTM (unidad tributaria mensual) y  de las costas de la causa.

«Al cumplir el sentenciado los requisitos señalados en el artículo 4º de la Ley N° 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la de remisión condicional por el plazo de 1 año, debiendo quedar sujeto a las condiciones establecidas en el artículo 5° de la expresada Ley, a saber: a) Residencia en un lugar determinado; b) Sujeción al control administrativo de Gendarmería de Chile, y c) Ejercicio de una profesión, oficio o empleo.  Al efecto, oportunamente el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social correspondiente para el cumplimiento de la sanción», consigna la resolución.

Además, el tribunal establece la difusión de un extracto de la sentencia «en los medios de comunicación social Radio Bío Bío y semanario The Clinic, la cual deberá efectuarse a costa del sentenciado, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha en que esta sentencia se encuentra ejecutoriada».

En la resolución, el magistrado da por acreditado, más allá de toda duda razonable, que Gaspar Rivas manifestó a través de los medios de comunicación, expresiones con relación al querellante Andrónico Luksic, como alguien que comete delitos o que, al menos, actúa con malas costumbres, vicios y falta de moralidad»

La sentencia completa se puede revisar aqui

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