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Tribunal cancela personalidad jurídica del Centro de Padres del Instituto Nacional

Tribunal cancela personalidad jurídica del Centro de Padres del Instituto Nacional

La decisión se adoptó después que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) detectara que la corporación «no cumplió con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia para corregir irregularidades detectadas en su gestión». [*Ver Nota de la Redacción]


El Quinto Juzgado Civil de Santiago ordenó la disolución y cancelación de la personalidad jurídica del Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional, que había sido otorgada hace 56 años.

En el fallo la magistrada Lidia Hevia Larenas acogió la solicitud presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), tras constatar que la demandada no cumplió con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia para corregir irregularidades detectadas en la gestión de la corporación, en los plazos establecidos.

El texto indica que el 12 de febrero de 2015 «el Ministerio de Justicia en un proceso de fiscalización y habiendo constatado irregularidades, impartió una serie de instrucciones al Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional de Chile, las que debía cumplir en el plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación de ese oficio. Posteriormente otorgó una prórroga de 20 días hábiles contados desde la notificación de la resolución N°0765 de fecha 10 de abril de 2015».

Agrega que «así, de acuerdo a la prueba rendida y a lo expresado en la contestación de la demanda, resulta claro establecer que, el Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional de Chile, efectivamente no cumplió con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia dentro de los plazos otorgados, esto es, ni en el plazo otorgado en el Oficio Ordinario N°1682, de fecha 12 de febrero de 2015, como tampoco en la prórroga que la misma Corporación solicitó de 20 días hábiles, por resolución N°0765 de fecha 10 de abril de 2015».

«La corporación demandada debió haber cumplido no sólo con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia, sino que también debía ejecutarlo dentro de los plazos que ese organismo le otorgaba, y al no hacerlo se configura el incumplimiento a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia, circunstancia que se advierte como una infracción grave a los estatutos, lo que consecuencialmente apareja una causa de disolución forzada, de acuerdo a las normas del ramo y habiendo solicitado el Ministerio de Justicia al Consejo de Defensa del Estado iniciara el proceso de disolución ante la justicia ordinaria, cabe solo hacer lugar a la demanda incoada en todas sus partes».

Por lo tanto, concluye: «I.- Que se acoge la demanda deducida a fojas 1, en todas sus partes y se ordena la disolución de la corporación Centro de Padres y Apoderados del Instituto Nacional de Chile, debiendo cancelarse la personalidad jurídica otorgada a ésta con fecha 29 de agosto de 1961, mediante resolución N°03662, tanto de los registros del Ministerio de Justicia como del Servicio de Registro Civil».

  • Nota de la Redacción: Este artículo fue publicado el lunes 20 de noviembre en la página del Poder Judicial. Sin embargo, tal como aparece en el fallo adjunto, se refiere a un dictamen de primera instancia emitido en agosto pasado, que ya fue apelado por la parte afectada y está a la espera de lo que resuelva la Corte de Apelaciones de Santiago.
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