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Reprobado: Corte Suprema destroza el proyecto de Piñera que castiga las “incivilidades” PAÍS

Reprobado: Corte Suprema destroza el proyecto de Piñera que castiga las “incivilidades”

Informe del pleno del máximo tribunal del país cuestiona las “imprecisiones y omisiones” que presenta el texto enviado por el Gobierno al Congreso para castigar las “conductas antisociales”. Pone en duda los números y argumentos de fondo, señalando que “la teoría criminológica que le sirve de inspiración ha sido objeto de varias críticas, dado el espacio que podría abrir a la discriminación, la xenofobia y el abuso policial». Es más, dos de los ministros (el presidente del máximo tribunal, Haroldo Brito y Carlos Künsemüller) se pronunciaron por informar negativamente el proyecto.


El pasado 12 de julio, el Presidente Sebastián Piñera firmó el proyecto de ley que sanciona las “conductas antisociales” o “incivilidades” como las bautizó el Gobierno. Sin embargo, el proyecto estrella del Ejecutivo en materia de seguridad recibió un duro portazo por parte de la Corte Suprema.

El pleno del máximo tribunal del país se reunió para analizar el contenido del proyecto y remitió su informe al Senado con una serie de observaciones. Es más, dos de los ministros (el presidente, Haroldo Brito y Carlos Künsemüller) se pronunciaron derechamente por informar negativamente el proyecto, argumentando que “pretende trasladar al Derecho Penal de delitos conductas denominadas “incivilidades” y “desórdenes” extrayéndolas del ámbito contravencional al cual han pertenecido”.

Al momento de firmar el proyecto, el Mandatario señaló que “es un proyecto de ley que va a dar más eficacia, más herramientas, más instrumentos para combatir lo que se llaman las conductas antisociales, que hoy día desgraciadamente, muchas de ellas, están quedando en una total impunidad”.

Entre las “incivilidades” que pretende castigar la iniciativa legal figura la quema y destrucción de colegios, consumo de drogas o alcohol en la vía pública, destrucción y rayados de transporte público, la mantención de sitios eriazos, descuidados o acumulación de basura instalación de carteles o rayados en edificios públicos o privados sin autorización, entre otros.

La crítica de la Suprema

Sin embargo, la Suprema estima que “en primer lugar, respecto a los objetivos del proyecto, se estima que estos parecen no resultar totalmente concluyentes para fundar una propuesta de esta entidad”.

Una de los reparos dice relación con las estadísticas que supuestamente dan sustento al proyecto y con la bibliografía con la que se argumenta la iniciativa legal. “Las cifras mencionadas en el mensaje que acompaña la iniciativa no coincidirían con las publicadas en la propia fuente citada. Asimismo, la teoría criminológica que le sirve de inspiración ha sido objeto de varias críticas, dado el espacio que podría abrir a la discriminación, la xenofobia y el abuso policial», sostiene el informe de los supremos.

Igualmente, señala que “respecto de otras modificaciones, se advierten algunas imprecisiones y omisiones de las que adolece el texto legal incorporado por el artículo 1° número 2 y el artículo 2°, números 4 y 5 de la iniciativa legal en comento”.

Uno de los puntos objetados dice relación a los castigos por consumo de alcohol que busca establecer el proyecto. Al respecto, el informe de la Suprema señala que se busca “principalmente al traspaso de determinadas conductas desde el régimen infraccional al régimen penal. En este aspecto, las modificaciones no parecen ser precisas (…) asimismo, parecieran no considerar criterios de proporcionalidad y conveniencia».

«Similares problemas de proporcionalidad y conveniencia –continúa– se presentan respecto al contenido del nuevo inciso tercero incorporado al artículo 81 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones», finaliza.

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