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Freno a la impunidad: CIDH objeta la media prescripción y resuelve que la justicia debe dejar sin efecto rebajas de penas por crímenes de lesa humanidad en dictadura PAÍS Crédito: Aton

Freno a la impunidad: CIDH objeta la media prescripción y resuelve que la justicia debe dejar sin efecto rebajas de penas por crímenes de lesa humanidad en dictadura

El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) implica que tendrán que revisarse los casos de 50 condenados por crímenes de lesa humanidad que fueron favorecidos con la media prescripción. El documento ya fue puesto en conocimiento del Estado chileno, “al que se ha solicitado que informe dentro de un periodo de dos meses sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones”, señala el organismo. El plazo comenzó a correr el 19 del presente mes. Según los denunciantes, la recomendación debería hacerse extensiva a todas las causas por crímenes de lesa humanidad juzgados en Chile, y además el tema podría escalar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, institución que podría establecer jurisprudencia internacional.


En un vuelco en el criterio de la jurisprudencia aplicada en materia de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Augusto Pinochet, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió que la Corte Suprema debe dejar sin efecto las rebajas de penas, lo que implica que tendrán que revisarse 14 sentencias correspondientes a los casos de 50 condenados que fueron favorecidos con la media prescripción.

“Se trata, sin duda, de una resolución que marca un precedente a nivel global y no solo para Chile. Y nuevamente la CIDH llama la atención al Poder Judicial de nuestro país respecto de que debe sancionar las violaciones a los derechos humanos de acuerdo con la gravedad que estos crímenes suponen, como señala la legislación internacional”, señaló a Ciper Lorena Pizarro, la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD).

El caso se remonta a diciembre de 2016, cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos decidió aceptar la admisibilidad del caso, presentado por la AFDD y los abogados Karinna Fernández y Adil Brkovic, y ahora podría ser resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, institución que podría establecer jurisprudencia internacional sobre cuál es la sanción mínima que debe recibir una persona que es juzgada como culpable de crímenes de lesa humanidad.

El informe de la CIDH ya fue puesto en conocimiento del Estado chileno, “al que se ha solicitado que informe dentro de un periodo de dos meses sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones”, señala el organismo. El plazo comenzó a correr el 19 del presente mes.

Entre los casos observados por la CIDH, figuran el del militante comunista Juan Rivera Matus, el periodista José Carrasco, el dirigente comunista Felipe Rivera Gajardo, el profesor mirista Gastón Vidaurrázaga Manríquez y el publicista comunista Abraham Muskatblit Eidelstein.

Polémica norma

En el mundo de los derechos humanos, el reclamo contra la media prescripción ha sido una demanda histórica, bajo el argumento de que esta normativa nacional está en contradicción profunda con el derecho internacional de los derechos humanos al cual Chile está adscrito.

En los hechos, la media prescripción –consagrada en el artículo 103 del Código Penal chileno– se ha ido constituyendo en una puerta abierta a la impunidad, tanto que solo un tercio de los violadores de derechos humanos va a la cárcel, y los restantes cumplen condenas en sus casas o gozan de la remisión condicional de la pena.

De ahí la importancia de estas recomendaciones de la CIDH. Según informa Ciper, los denunciantes que presentaron el caso al organismo internacional sostienen que deberán dictarse nuevas sentencias acordes a la gravedad de los delitos y a los tratados que ha firmado nuestro país. Asimismo, el Estado chileno no podrá alegar cosa juzgada o prescripción para justificar el incumplimiento de esta recomendación, señalan.

Además, según explica la abogada Fernández, la resolución no solo es atingente a los 14 casos presentados ante este organismo internacional por los familiares de las víctimas y la AFDD entre 2008 y 2010. Esto significa que debería hacerse extensiva a todas las causas por crímenes de lesa humanidad juzgados en Chile.

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