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Corte Suprema ratifica desafuero para la diputada María Luisa Cordero PAÍS Créditos: Agencia UNO (archivo).

Corte Suprema ratifica desafuero para la diputada María Luisa Cordero

De acuerdo con el fallo de la Corte, “en esa etapa procesal, existen antecedentes para considerar que las declaraciones de la diputada en medios de comunicación dañan la honra de la senadora (Campillai) y son suficientes para dar lugar a la formación de causa”.


Este jueves la Corte Suprema confirmó la resolución de lala Corte de Apelaciones, respecto a desaforar a la diputada María Luisa Cordero en el marco de la querella por injurias que enfrenta. Así, la parlamentaria no podrá realizar sus labores legislativas desde la próxima semana, y podrá ser sometida a juicio ordinario.

La acción legal en su contra fue presentada por la senadora Fabiola Campillai, de quien Cordero cuestionó su ceguera. Recordemos que Campillai perdió su vista como consecuencia de una agresión sufrida a manos de Carabineros en el año 2019.

Una vez que la sentencia del máximo tribunal del país llegue a la Corte de Apelaciones, esta última deberá hacer llegar al Congreso la resolución, por lo que entonces se hará efectivo el desafuero de la parlamentaria.

A través de un fallo dividido, la Corte indicó que “en esa etapa procesal, existen antecedentes para considerar que las declaraciones de la diputada en medios de comunicación dañan la honra de la senadora y son suficientes para dar lugar a la formación de causa”.

“Que la solicitud de desafuero se sustenta en dos episodios claramente delimitados, primero, los dichos emitidos durante la transmisión del programa radial ‘Sentido Común’ y, segundo, una entrevista publicada en el sitio web redgol, los que no han sido negados por la diputada señora Cordero Velásquez”.

Dos fueron las situaciones en las que Cordero “dudó de la condición de no vidente” de la senadora Campillai, “afirmando que ‘se descubrió que ve. ¿Se acuerda que yo le dije que ella votó y le achuntó en el hoyo de la urna? Porque ella tiene un ojo bueno, ella no es totalmente ciega, tiene un ojo que le funciona…No es ciega, tiene un ojo bueno”, de acuerdo al fallo.

Este además indica que “si bien de la literalidad de tales expresiones por sí mismas pudieran estimarse inofensivas, no es posible soslayar que a través de ellas está implícito el ánimo de deshonrar a la querellante y lesionar o atentar contra su dignidad”.

En tanto, la Corte Suprema determinó que Fabiola Campillai , “sufrió lesiones” calificadas médicamente “como graves” como lo es la “pérdida de un miembro importante, como los ojos, y consecuentemente, ceguera total, además de su sentido de olfato y gusto”

“Al poner en duda ante la luz pública tal condición, se deshonra la dignidad de la Senadora Campillai, pues se le atribuye implícitamente un actuar malicioso y un aprovechamiento de su condición de no vidente, lo que permite configurar el animus injuriandi, tal como lo estableció la sentencia impugnada”, indica la sentencia.

Revisa el fallo aquí:
DESAFUEROCORDEROSUPREMA.pdf155.254-2023

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