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Prisión preventiva para Luis Castillo en caso de secuestro extorsivo y robo con violencia PAÍS

Prisión preventiva para Luis Castillo en caso de secuestro extorsivo y robo con violencia

El fiscal Regional de Atacama, Alexis Rogat Lucero, destacó el trabajo policial y dio “por acreditado tanto la existencia del hecho punible como la participación de los imputados”


Tras haber sido detenido el jueves en la mañana y formalizado este viernes, recién este sábado en la mañana el Juzgado de Garantía de Copiapó decretó la medida cautelar más dura contra Luis Castillo, prisión preventiva, por representar un peligro para la seguridad de la sociedad y el riesgo de fuga.

Los delitos que se le imputan, a él y a cuatro mujeres que lo acompañaban, son secuestro extorsivo y robo con violencia en contra de un hombre de 42 años, a quien mantenían retenido en el maletero del auto al momento de su detención.

El fiscal Regional de Atacama, Alexis Rogat Lucero, destacó el trabajo policial y dio “por acreditado tanto la existencia del hecho punible como la participación de los imputados”, luego de que el mismo día de la detención de Luis Castillo surgieran versiones desde la familia de Castillo que indicaban que se había tratado de una situación en la que la víctima habría “inventado” el secuestro para justificar su ausencia durante muchas horas.

El Gobierno presentó una querella por secuestro, la que fue acogida a trámite. En tanto, este viernes, desde Magallanes, el Presidente Gabriel Boric no quiso hacer una autocrítica por el indulto otorgado a Castillo en diciembre del año pasado, pero señaló que “las instituciones funcionan contra quienes delinquen, contra quienes hacen delitos de cuello y corbata y contra quienes cometen actos de corrupción. Todas esas personas tienen que cumplir lo que establece el derecho”.

 

[*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados mencionados como culpables o los hechos como fehacientes, sino solo plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.

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