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Caso Francisco Cox: Justicia acredita delitos sexuales y decreta sobreseimiento por prescripción
El ministro de fuero Christian Le-Cerf dio por acreditados abusos sexuales cometidos por el exarzobispo Francisco Javier Cox entre 1975 y 1988, pero cerró la causa al considerar prescrita la acción penal y recordar además el fallecimiento del religioso en 2020.
El ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de La Serena, Christian Le-Cerf Raby, decretó el sobreseimiento definitivo de la causa abierta contra el exarzobispo Francisco Javier Cox Hunneus, luego de acreditar delitos sexuales cometidos entre 1975 y 1988 en La Serena, Andacollo y Chillán.
La resolución establece que existieron actos de connotación sexual cometidos por Cox contra siete víctimas, quienes pertenecían a entornos vinculados a la Iglesia bajo la autoridad del entonces obispo.
En el fallo, el magistrado sostuvo que los hechos denunciados correspondieron a “actos de evidente connotación sexual realizados por una persona que por su rol en la sociedad tenía una ascendiente moral y social respecto de las víctimas”.
La investigación concluyó que los abusos ocurrieron en espacios cerrados y sin presencia de terceros, principalmente en dependencias religiosas como Casa Tabor en Chillán, la Iglesia de Andacollo y el arzobispado de La Serena.
Pese a ello, el tribunal señaló que existían elementos suficientes para corroborar las versiones entregadas por los denunciantes. “Hay elementos de convicción que permiten corroborar la versión de los denunciantes”, indicó la resolución.
El fallo además destaca que las víctimas relataron patrones similares de acercamiento y abuso por parte del religioso.
La investigación judicial se mantenuvo abierta incluso después de la muerte de Cox, ocurrida en 2020, debido a que el tribunal consideró necesario continuar reuniendo antecedentes para establecer la existencia de los delitos y eventuales responsabilidades.
Sin embargo, el ministro Le-Cerf concluyó que la acción penal se encontraba prescrita.
La resolución recuerda que el delito de abusos deshonestos, según la legislación vigente al momento de los hechos, tenía una pena correspondiente a simple delito, cuya persecución prescribe en cinco años.
“En atención a que los delitos investigados y acreditados se habrían cometido entre los años 1975 y 1988 y que la presente investigación se inició en junio de 2018, corresponde declarar la extinción de la acción penal por prescripción”, señala el fallo.
Por ello, el tribunal decretó el sobreseimiento definitivo de la causa por encontrarse extinguida la responsabilidad penal.
Francisco Javier Cox fue uno de los casos más emblemáticos de abusos sexuales en la Iglesia chilena. En 2018, el Vaticano lo expulsó del estado clerical tras investigaciones canónicas por abusos cometidos contra menores.
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