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Condenan a 15 y 10 años de cárcel a los autores de triple homicidio en discoteca “La Fábrika”
El Tribunal Oral de Concepción condenó a 15 y 10 años de cárcel efectiva a los responsables del triple homicidio ocurrido en 2022 en las afueras de la discoteca La Fábrika. El fallo acreditó que ambos dispararon contra las víctimas y uno de ellos volvió a rematar a un herido.
Fue uno de los asesinatos que marcó a la región en el 2022. En la madrugada del 31 de diciembre, tres jóvenes fueron baleados y asesinados en las afueras de la discoteca La Fábrika, en pleno barrio bohemio.
El lunes pasado, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a los dos acusados, Moisés Aaron López Garcés y Bastián Andrés Rubilar Valdés, a la pena de 15 años y 10 años de presidio efectivo, respectivamente. Mientras que López fue encontrado culpable de dos homicidios simples, Rubilar fue condenado por un homicidio calificado.
El tribunal –integrado por las magistradas Claudia Vásquez Guíñez (presidenta), Paola Schisano Pérez y Marcela Norris Bustos (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 3.33 horas de la madrugada, Moisés López Garcés comenzó una pelea contra las víctimas, dentro de la discoteca. Los guardias de la discoteca intervinieron y el conflicto se trasladó hasta afuera del recinto.
Minutos después, en el frontis de la discoteca, Bastián Rubilar Valdés golpeó y botó al suelo a una de las víctimas, le dio golpes de pies y puños en el cuerpo y efectuó un disparo en su contra. Se alejó un par de metros, pero regresó al lugar donde estaba la víctima herida y nuevamente le disparó en múltiples ocasiones.
Luego, Moisés Aarón López Garcés, amigo de Rubilar Valdéz, también en la vía pública, “actuando con ánimo homicida efectuó disparos en contra de las otras dos víctimas (…) finalmente, Moisés Aarón López Garcés y Bastián Andrés Rubilar Valdés se dieron a la fuga del lugar en un automóvil marca Volvo, el cual presentó una falla mecánica, por lo que se bajaron del mismo continuando su huida del lugar”, se lee en el juicio. Las tres víctimas fallecieron.
En el caso de Rubilar Valdés, se le aplicaron dos atenuantes: la de irreprochable conducta anterior y la de colaboración con la investigación, ya que admitió la comisión del ilícito e incluso reconoció que volvió a disparar para evitar represalias.
Respecto de López Garcés, tuvo la atenuante de responsabilidad penal de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, puesto que “(…) desde que participó en la diligencia de reconstitución de escena, se situó en el lugar de los hechos al momento de los disparos, aun cuando no admitiese ser el autor de los mismos, su contribución resultó esencial en el esclarecimiento de los hechos, en que su participación se determina en base a prueba indiciaria, su presencia en el lugar es un elemento de base relevante en la determinación de su responsabilidad penal”.
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