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Ratifican condenas a tres militares (r) por crímenes de obrero y médico en Buin en 1974 PAÍS

Ratifican condenas a tres militares (r) por crímenes de obrero y médico en Buin en 1974

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El fallo estableció que ambas víctimas fueron detenidas ilegalmente, trasladadas al recinto militar de cerro Chena y sometidas a malos tratos antes de ser ejecutadas. Las penas fijadas van de 10 a 15 años de presidio efectivo.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó las penas de 15 años de cárcel para Juan Enrique Ruiz y Luis Antonio Arévalo, y de 10 años para Pablo Opitz, por los secuestros calificados de Jorge Lamich y Héctor García, detenidos ilegalmente y ejecutados en agosto de 1974. El fallo también ratificó indemnizaciones para sus familiares.
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La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó las penas de hasta 15 años de cárcel contra tres exintegrantes del Ejército por los secuestros calificados de Jorge Rubén Lamich Vidal, obrero de la construcción y militante comunista, y Héctor Victoriano García García, médico cirujano y militante socialista, detenidos ilegalmente y posteriormente ejecutados en agosto de 1974.

La Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la condena contra Juan Enrique Ruiz Salazar y Luis Antonio Arévalo Céspedes a una pena única de 15 años de presidio mayor en su grado medio, de cumplimiento efectivo, como autores de los secuestros calificados de ambas víctimas. A Pablo Gabriel Opitz Arancibia, en tanto, le confirmó una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del secuestro calificado de Lamich.

La resolución, dictada el 17 de julio de 2026, mantuvo así en lo penal lo resuelto en octubre de 2024 por la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón. El tribunal rechazó además la excepción de cosa juzgada presentada por la defensa de Opitz.

Los hechos

Según los hechos establecidos judicialmente, Lamich fue detenido cerca de las 04:00 horas del 13 de agosto de 1974 en su domicilio de calle Errázuriz, en Buin, por soldados de la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, bajo el mando del entonces subteniente Opitz y acompañados por funcionarios de Carabineros. Fue trasladado al Cuartel N°2 de la Escuela de Infantería, en el cerro Chena, donde permaneció privado ilegalmente de libertad, fue interrogado y sometido a malos tratos físicos.

En vez de ser puesto a disposición de un tribunal, Lamich fue ejecutado de un disparo en la cabeza por el entonces soldado conscripto Luis Antonio Arévalo Céspedes, de acuerdo con los hechos que la justicia dio por acreditados.

El mismo día, cerca de las 05:00 horas, una patrulla militar se presentó en la vivienda del doctor Héctor García, también en Buin, con el propósito de interrogarlo. Horas después, alrededor de las 09:00, fue detenido en el Hospital San Luis de Buin por integrantes de la Compañía de Morteros y trasladado al recinto militar de cerro Chena.

Allí, según estableció la investigación, García fue interrogado y sometido a apremios ilegítimos en la oficina del capitán Germán Barriga Muñoz, con intervención de Opitz, el sargento primero Francisco Nibaldo Cáceres López y el cabo primero Juan Enrique Ruiz Salazar. La Corte sostuvo que la prueba reunida permitía acreditar tanto su detención y encierro como los apremios sufridos.

García tampoco fue puesto a disposición de la justicia y terminó ejecutado mediante disparos en la cabeza y el tórax efectuados por el soldado conscripto Jorge Ernesto Conell Alarcón, según los hechos asentados en la causa.

En paralelo

La Corte también aprobó los sobreseimientos parciales y definitivos de Pedro Eduardo Gustavo Montalva Calvo, Germán Jorge Barriga Muñoz, Jorge Ernesto Conell Alarcón, Francisco Nibaldo Cáceres López y Pedro Óscar Cubillos Torres, todos por fallecimiento. En el caso del entonces subdirector de la Escuela de Infantería Iván de la Fuente Sáez, el sobreseimiento fue decretado por enajenación mental.

Es una sentencia categórica que reafirma las conclusiones de la investigación y la sentencia dictada en primera instancia. El crimen de Jorge Rubén Lamich y Héctor García estuvo por décadas en la impunidad, por lo que el proceso y esta sentencia nos pone más cerca de que los responsables enfrenten su castigo”, señaló el abogado querellante Francisco Bustos, del estudio Caucoto Abogados.

Indemnizaciones

El fallo también mantuvo las indemnizaciones por daño moral ordenadas contra el Fisco. En el caso de García, dispuso $100 millones para su cónyuge y $80 millones para cada una de sus cuatro hijas, por un total de $420 millones. Para la familia de Lamich fijó $80 millones para cada una de sus dos hijas y $50 millones para sus hermanos beneficiarios.

Una resolución complementaria del 29 de julio corrigió esta última parte y excluyó de la indemnización judicial a Gladys Marina Lamich Vidal, hermana de la víctima, debido a que había llegado previamente a una transacción con el Fisco por $36 millones y desistido de su demanda. El resto de lo resuelto se mantuvo sin modificaciones.

Lamich y García fueron figuras conocidas y con fuerte arraigo social en Buin. Durante décadas, sus nombres y rostros han permanecido en muros de la comuna como parte de las demandas de verdad y justicia por sus muertes.

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