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Agencia UNO
Formalizan a Gonzalo Feito por maltrato habitual y suspenden el procedimiento por un año
El tribunal le prohibió acercarse y comunicarse con la víctima, además de ordenar intervención psicológica, evaluación por consumo de alcohol y drogas y exámenes periódicos.
La Fiscalía de Género formalizó este martes a Gonzalo Feito por el delito de maltrato habitual. Durante la audiencia, el tribunal decretó la suspensión condicional del procedimiento por el plazo de un año.
La medida fue adoptada de acuerdo con el artículo 36 de la Ley N.º 21.675, conocida como Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Razón de su Género.
Condiciones impuestas
Durante el período de suspensión, Feito deberá fijar domicilio ante el tribunal y tendrá prohibido acercarse y comunicarse con la víctima, sin perjuicio del régimen de relación directa y regular que determine el tribunal de Familia.
También deberá asistir a un programa de intervención psicológica y reeducación en violencia, junto con los tratamientos terapéuticos y de orientación familiar que correspondan.
El tribunal ordenó, además, que se someta a una evaluación para determinar si requiere tratamiento por consumo problemático de alcohol y drogas. Asimismo, deberá realizarse un test de drogas cada cuatro meses y remitir sus resultados a la Fiscalía.
En la audiencia se fijó una nueva instancia judicial para revisar el cumplimiento de las condiciones impuestas. Según los antecedentes entregados, la víctima fue informada durante el proceso y, junto con su abogado, adhirió a las decisiones adoptadas.
[*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados mencionados como culpables o los hechos como fehacientes, sino solo plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.