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El secretismo en los registros de la Cámara de Diputados

El secretismo en los registros de la Cámara de Diputados

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La discusión por el recorte de gastos y las adecuaciones a las nuevas tecnologías se han hecho preponderantes al interior del Congreso, principalmente en la Cámara de Diputados.


Con el fin de simplificar el proceso de toma de actas y de adecuar los registros de las sesiones celebradas en la denominada Cámara Baja, surgió la idea de eliminar los registros taquigráficos y, junto con ello, la presencia de redactores(as) y taquígrafos(as).

La idea sería que solo quede el registro audiovisual transmitido por TV Cámara, junto con el registro de audio que se guarda en el Congreso. Una iniciativa que estaría siendo revisada por la Mesa de la Cámara de Diputados y que ha despertado la molestia de la Asociación de Taquígrafos de Chile.

¿El problema? Según la legislación que rige a la Cámara de Diputados, los elementos de apoyo, como registros de audios, no son públicos, y no se puede acceder vía Ley de Transparencia a ellos.

El inciso octavo del artículo 5° A de la ley Orgánica del Congreso Nacional (N° 18.918), detalla lo siguiente: «Los materiales de registro de las secretarías de las comisiones y de los comités parlamentarios, tales como grabaciones, apuntes u otros instrumentos de apoyo a esa labor, no serán públicos». Por otra parte, la ley no se refiere a los elementos de apoyo y registros de audio y visuales.

Un antecedente respecto a las complicaciones de la medida, es una resolución de la Comisión de Ética de la Cámara de Diputados, dictada el 10 de octubre de este año. La comisión decidió negar el acceso a los registros de audio de la Comisión Investigadora «sobre el conflicto entre accionistas de la empresa SOQUIMICH, con ocasión de determinadas operaciones bursátiles, y el rol que habrían tenido en dicha materia autoridades del gobierno anterior», más conocida como Caso Cascadas.

En agosto de 2018, un miembro del equipo de reportajes de El Mostrador solicitó vía Ley de Transparencia las transcripciones taquigráficas y el registro de audio de la comisión investigadora realizada en el año 2014.

La solicitud fue negada en primera instancia, argumentando que las actas de las sesiones publicadas eran suficientes. Tras la presentación de un recurso de amparo, la Comisión de Ética accedió a entregar las transcripciones taquigráficas, no así los registros de audio, bajo el argumento del inciso octavo del artículo 5° A de la ley Orgánica del Congreso Nacional (N° 18.918) y el artículo 21 de la ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública, el que establece las causales de secreto o reserva.

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