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Luis Enrique Yarur cerró mal el año: Justicia rechaza solicitud para evitar que declare como testigo en caso SQM Crédito: Agencia UNO

Luis Enrique Yarur cerró mal el año: Justicia rechaza solicitud para evitar que declare como testigo en caso SQM

En noviembre del 2022, el controlador del Banco de Crédito e Inversiones (BCI), Luis Enrique Yarur Rey, fue citado a declarar como testigo en la causa que investiga a Patricio Contesse González, quien se encuentra acusado, en calidad de Gerente General de la empresa SQM S.A. y por haber desempeñado otros cargos en empresas relacionadas, por la comisión de delitos tributarios y cohecho, y cuya defensa solicitó la declaración de Yarur Rey. Por su parte, los abogados del controlador de BCI solicitaron al 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago que su representado no fuera citado a declarar, lo que fue rechazado «por improcedente» el pasado 29 de diciembre.


Un verdadero revés sufrió el empresario Luis Enrique Yarur Rey, controlador del Banco de Crédito e Inversiones (BCI) ante la justicia, ya que su intento para evitar ser testigo en la investigación del caso SQM fue denegado.

La historia comienza así: a fines de noviembre del pasado 2022, el 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago notificó al empresario su calidad de testigo, siendo citado a declarar el próximo 12 de enero del 2023. Yarur Rey fue ofrecido como testigo por la defensa de Patricio Contesse González, quien se encuentra acusado, en calidad de Gerente General de la empresa SQM S.A. y por haber desempeñado otros cargos en empresas relacionadas, por la comisión de delitos tributarios y cohecho.

Por tal motivo, la defensa de Yarur, comandada por el abogado Matías Balmaceda –de Balmaceda, Cox y Piña Abogados– solicitó al mismo tribunal «que se libere a mi representado de la obligación legal de asistir a declarar al referido juicio oral, declarándose que existe una justa causa para exonerarlo», como dice la solicitud que puede leer en el siguiente link.

Los argumentos de la defensa de Yarur Rey se basan en que, primero, «constituye una declaración inoficiosa que puede poner en grave daño la honra y prestigio de la empresa que él representa, sin que la prueba en sí misma tenga pertinencia alguna con los hechos por los cuales se encuentra acusado el Sr. Contesse». Lo anterior, debido a que a Contesse se le asocia con boletas ideológicamente falsas emitidas por SQM S.A., SQM Salar S.A. y SQM Industrial S.A., y a Yarur se le cita «en su calidad de controlador» del BCI, como señala su abogado.

«Así, no se entiende en qué podría afectar al imputado tanto en términos de absolución como de condena (y pena), un procedimiento administrativo respecto de una empresa diversa y la forma en que la administración de esa empresa lo abordó y resolvió», dice la solicitud.

En segundo lugar, la defensa de Contesse solicitó la declaración de Yarur debido “al procedimiento administrativo seguido por el Servicio de Impuestos Internos (SII)» en contra de BCI. A juicio del abogado Balmaceda, con esto busca «comparar responsabilidades distintas –ya que el procedimiento del BCI a que se hace referencia fue de carácter administrativo– entre empresas diferentes, olvidando que ello es ajeno al derecho penal que es de responsabilidades individuales», además de aclarar que dicho procedimiento ya se encuentra cerrado y resuelto.

Finalmente, en tercer lugar, señala la defensa de Yarur que la citación «resulta contraria a la proporcionalidad que debe primar en toda decisión judicial, en términos de que el daño que le puede causar a mi representado y a BCI la citación en comento, no se compensa en modo alguno con el rol que éste puede desempeñar como testigo». Para justificar este punto, el abogado menciona que Contesse, al momento de solicitar la participación de Yarur como testigo en su investigación, compartió una noticia publicada por El Mostrador el año 2020, titulada «Operación Impunidad: las multas que pagaron los grupos Angelini, Said, Yarur y Saieh para zafar de los delitos por platas políticas», con lo que buscaba «levantar en el juicio oral una postura equivocada y sensacionalista que consideraría que ‘el grupo Yarur’ habría ‘zafado de delitos'», sostiene Balmaceda.

Sin embargo, el pasado 29 de diciembre, Luis Enrique Yarur Rey tuvo un mal cierre de año, ya que el mismo tribunal rechazó esta solicitud «por improcedente», como consta en la resolución firmada por Paulina Rosales González, Juez Titular del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

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