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María Pía Silva: el voto de la presidenta del TC que puede cambiar la reforma de Kast PAÍS

María Pía Silva: el voto de la presidenta del TC que puede cambiar la reforma de Kast

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Francisca Castillo
Por : Francisca Castillo Periodista El Mostrador
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La oposición llevó al Tribunal Constitucional su última ofensiva contra la megarreforma económica del Gobierno. Los requerimientos serán una de las primeras pruebas para la nueva presidenta del TC, María Pía Silva, cuyo voto dirimente podría resultar decisivo.


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La llegada de María Pía Silva a la presidencia del Tribunal Constitucional instaló un nuevo factor de tensión en la disputa por la megarreforma económica del Gobierno.

Con la renovación del mando en el TC, la ministra asumirá también la responsabilidad de conducir una de las primeras controversias constitucionales de alto impacto político de su gestión: tres requerimientos presentados por la oposición que buscan invalidar parte importante del proyecto y que, en caso de un pleno dividido, podrían quedar definidos por su voto dirimente.

El escenario adquiere especial relevancia porque la ofensiva fue respaldada por prácticamente todo el arco opositor, desde la Democracia Cristiana hasta el Partido Comunista, que este martes ingresó dos requerimientos suscritos por 21 senadores y un tercero firmado por 62 diputados. Las acciones apuntan a impugnar las normas sobre invariabilidad tributaria y el nuevo régimen de indemnizaciones por Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) anuladas.

La presión política sobre la nueva presidenta del TC se produce mientras el proyecto continúa su tramitación legislativa. Tras el tercer trámite en la Cámara de Diputados, solo quedó pendiente para comisión mixta la norma relativa a las compensaciones del Fondo Común Municipal por la exención de contribuciones, luego de que la indicación no alcanzara el quórum de 78 votos requerido al tratarse de una disposición de rango orgánico constitucional.

El voto que puede inclinar la balanza

Los tres requerimientos serán conocidos por el Tribunal Constitucional encabezado desde el pasado 13 de julio por María Pía Silva, quien ejercerá la presidencia hasta julio de 2027.

Su llegada cambia el escenario político en momentos en que el Ejecutivo enfrenta una de sus principales apuestas legislativas. La presidencia del TC posee una atribución especialmente sensible: el voto dirimente cuando el pleno queda empatado, una facultad que en causas de alta polarización puede terminar definiendo el resultado.

Silva, exmilitante de la Democracia Cristiana, es identificada como una ministra de perfil de centro. Sus fallos muestran coincidencias con ministras de orientación progresista en materias de derechos sociales, mientras que en asuntos económicos y valóricos ha sostenido posiciones más conservadoras.

Su debut ocurre, además, pocos días después de que se conocieran los fundamentos del fallo que desarmó parte del proyecto Escuelas Protegidas, causa en la que la entonces presidenta Daniela Marzi utilizó precisamente su voto dirimente para respaldar tres normas que finalmente fueron rechazadas.

Para el constitucionalista Javier Couso, resulta equivocado reducir el análisis a categorías ideológicas. “Los jueces se distinguen por tener ideologías legales por un lado, e ideologías políticas por otro”, señaló en el programa Al Pan Pan con Mirna Schindler, explicando que tanto jueces de izquierda como conservadores pueden adoptar posiciones deferentes hacia el legislador o, por el contrario, asumir un rol más activista.

Artículos impugnados

El primer requerimiento (Revísalo en este link) solicita declarar inconstitucionales las normas que fijan la invariabilidad de disposiciones tributarias por 10, 15 o 20 años, al estimar que vulneran el carácter democrático de Chile consagrado en el artículo 4 de la Constitución. En el texto se sostiene que existe un vicio de constitucionalidad “por cuanto vulnera el principio mayoritario y de alternancia en el poder, que constituyen la democracia”.

Asimismo, advierte que no solo quedarían protegidos los contratos suscritos bajo ese régimen, sino también la propia norma legal. La acción fue presentada por senadores de oposición y patrocinada por los abogados Jorge Correa Sutil, Roberto Carrasco Venegas y Jaime Gajardo Falcón.

Al respecto, el exministro de Justicia Jaime Gajardo señaló a El Mostrador que el requerimiento aborda la evidente inconstitucionalidad en la que incurre el proyecto al entregar una invariabilidad tributaria a los inversionistas nacionales y extranjeros de 10, 15 y hasta 20 años, dependiendo del monto de su inversión.

“Hacemos notar que los preceptos del proyecto en esta materia son claramente contrarios al artículo 4 de la Constitución y, en sí mismos, contrarios a la democracia. Por lo mismo, le pedimos al Tribunal que declare su inconstitucionalidad”, señaló el académico de la Facultad de Derecho UDP.

El segundo requerimiento (Revísalo en este link) de senadores opositores busca impugnar los artículos que permiten un régimen especial de indemnización con cargo al Fisco por la anulación judicial de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). Según el escrito, la norma contraviene sustantivamente la Constitución al afectar la igualdad ante la ley, la igual protección de los derechos y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

“No se advierte fundamento lógico ni razonable alguno para que un titular de proyecto sujeto a evaluación ambiental, cuya RCA es anulada por errores del Servicio de Evaluación Ambiental o por sus propios errores (dada la amplitud de la norma, que señala ‘entre otras’ las causales de anulación), goce de un estatuto reparatorio privilegiado”, sostiene el requerimiento.

A juicio de la abogada constitucionalista Leslie Sánchez, una de las patrocinantes, el proyecto crea una institución “extremadamente novedosa”, sin equivalente en la historia jurídica chilena ni en el derecho comparado.

“El tema de este monto que se restituye no tiene ninguna naturaleza jurídica clara. Es decir, ellos hablan de restitución de fondos como si fuera una especie de indemnización, pero si fuese una indemnización, el ordenamiento jurídico chileno tiene un estatuto regulatorio claro de cómo se procede a las indemnizaciones cuando el Fisco es el que paga. Y el procedimiento que se fijó para esto no se acerca en nada a ese estatuto jurídico”, señaló. 

Asimismo, agregó que “la otra alternativa, es que no es una indemnización sino que un seguro a la inversión que está vinculado a temas medioambientales. Es decir: inviertan, porque independiente el resultado, nosotros siempre le vamos a devolver el dinero. Una especie de seguro”. 

“Pero si también miras la regulación nacional en materia de seguro, esto tampoco encaja dentro de ese modelo. Entonces no se define por ninguna de estas dos vertientes. Esa es una figura inicial que nosotros la denominamos como el conflicto de la naturaleza jurídica de estos montos restituidos. No se aclara qué es, no se le aplica a ninguno de los dos regímenes jurídicos existentes, ni de indemnización ni de seguro. Porque adicionalmente no solo crea el pago, sino que crea el procedimiento para determinar el monto mediante un arbitraje”, dijo Sánchez a El Mostrador.

En esa línea, la doctora en derecho añadió que se trata de un arbitraje breve y que “no respeta ninguna de las garantías del debido proceso”. Y agregó: “Lo lógico sería haber confiado en los tribunales ordinarios de justicia y que se determine la cuantía como se determina en todos los demás casos que el Estado indemniza, donde hay una prueba, hay partes, hay un litigio y un tercero imparcial que es el juez el que define. Aquí tú vas a hacer un tribunal ad hoc, un modelo ad hoc, donde se va a determinar el cuánto pagar, nada más. No va a haber una disputa” advirtió. 

La abogada además destacó un tercer elemento a su juicio preocupante, respecto a que la sanción de un tribunal mediante la nulidad de la RCA “en el fondo se vuelve ineficaz”. “Esa persona en definitiva nunca va a tener una sanción por su falta, porque va a saber que aun teniendo una sentencia desfavorable de igual forma le van a devolver el dinero”.

“Entonces la fuerza de la sentencia judicial, esta facultad de imperio que tienen los tribunales de hacer cumplir lo ordenado, se debilita. Por eso también en el informe de la Corte Suprema ellos hacen presente que esto debilita la función jurisdiccional”, indicó. 

Finalmente, el tercer requerimiento (Revísalo en este link)presentado por diputados de oposición también apunta al “estatuto de invariabilidad tributaria”, escrito donde declaran que “considerar la invariabilidad tributaria como una medida constitucional, implica decidir lo mismo respecto de cualquier legislación que se autodeclare invariable en el futuro”. En ese sentido, califican la norma como  “un fraude a las potestades constitucionales, una vulneración del esquema de fuentes y una severa afectación a la democracia”.

Los abogados patrocinantes de este último escrito son Domingo Lovera Parmo, Diego Pardo Álvarez, Leslie Sánchez Lobos, Aurora Rozas Moreno, Claudio Troncoso Repetto y Juan Carlos Cayo.

La última carta de la oposición

Con la tramitación legislativa prácticamente concluida, el Tribunal Constitucional aparece como el principal frente de disputa para la oposición.

Las bancadas de oposición se refirieron al ingreso de los requerimientos posterior a la votación en la Cámara y reiteraron su convicción de que la ley miscelánea del Ejecutivo contiene normas contrarias a la Constitución .

La jefa de bancada del Frente Amplio, Gael Yeomans, señaló que como oposición esperan “no solo que la Comisión mixta hoy día tenga una respuesta, sino más bien que sea el Tribunal Constitucional, a quien estamos requiriendo que tenga un pronunciamiento férreo en contra de esta reforma y en contra, obviamente, de los intereses que ustedes están protegiendo que es de los grandes empresarios de los súper ricos, y en contra de velar por los intereses de todos los chilenos y chilenas, que es lo que uno espera de un gobierno”.

Por su parte el presidente del PPD,  Raúl Soto, señaló que las normas de esta megarreforma “significan un salto al vacío” y una promesa de crecimiento sin garantías. ”Desde esa perspectiva, hemos presentado ya formalmente un requerimiento al Tribunal Constitucional en unidad de toda la oposición, para intentar frenar este mal proyecto, y decirle a las ministras y ministros del Tribunal Constitucional que en sus manos está el destino de nuestra democracia”, dijo.

Asimismo, el senador PS y jefe del Comité Mixto PS-PPD-PL, Juan Luis Castro, destacó el trabajo jurídico que sustenta ambas presentaciones al TC y advirtió sobre los efectos que podrían tener las normas impugnadas.

“Estos requerimientos son el resultado de un trabajo minucioso realizado por nuestros abogados y abogadas. En materia de invariabilidad tributaria, el proyecto deja fijas reglas que incluso alcanzan a circulares del Servicio de Impuestos Internos, limitando la capacidad de futuros gobiernos para adoptar medidas tributarias frente a situaciones excepcionales, como ocurrió tras el terremoto de 2010. Creemos que se vulneran principios constitucionales y esperamos que el Tribunal Constitucional acoja estos requerimientos”, indicó. 

Respecto a la impugnación de la norma que obliga al Estado a indemnizar cuando una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) es anulada por los tribunales, el senador Alfonso De Urresti (PS) explicó que se trata de “una norma inédita en nuestro ordenamiento jurídico. (…) Significa que todos los contribuyentes podrían terminar pagando por actuaciones de privados, alterando principios esenciales del derecho administrativo y ambiental, generando desigualdad ante la ley y comprometiendo la responsabilidad de los funcionarios públicos. Esperamos que el Tribunal Constitucional acoja este requerimiento y corrija una norma que solo generará mayor incertidumbre”.

Si quieres revisar el detalle de los requerimientos al Tribunal Constitucional, sigue los siguientes links:

Requerimiento de inconstitucionalidad Artículo 5 y 6

Requerimiento de inconstitucionalidad Ambiental

Requerimiento de inconstitucionalidad invariabilidad tributaria

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