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Crédito: El Mostrador.
Nuevas reglas para el turismo aventura: Chile incorpora el salto bungee a su normativa
La nueva normativa actualiza los estándares técnicos de 15 actividades de turismo aventura e incorpora por primera vez reglas específicas para el salto bungee, con requisitos de edad, peso, personal, equipamiento y protocolos de emergencia.
El turismo aventura en Chile tendrá nuevos estándares técnicos después de casi dos décadas. Este 28 de julio fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°271 del Servicio Nacional de Turismo (Sernatur), que actualiza las normas aplicables a 15 actividades e incorpora, por primera vez, un marco específico para el salto bungee.
La modificación aborda aspectos relacionados con seguridad, operación y buenas prácticas, en momentos en que el país también avanza en la discusión de un proyecto de Ley de Turismo Aventura.
Nuevos estándares después de casi 20 años
La actualización fue impulsada por la Subsecretaría de Turismo y Sernatur y ejecutada técnicamente por el Instituto Nacional de Normalización (INN). El proceso comenzó en octubre de 2024 y se extendió hasta fines de 2025.
El marco normativo anterior llevaba cerca de 20 años vigente, por lo que el proceso buscó adecuar sus estándares a la evolución experimentada por la industria y a referencias internacionales.
Para su elaboración participaron representantes del sector público, la academia, prestadores de servicios turísticos, asociaciones gremiales y especialistas vinculados a las diferentes disciplinas.
En total, fueron actualizadas 15 normas técnicas correspondientes a montaña, alta montaña, deslizamiento sobre nieve en áreas no delimitadas, excursionismo o trekking, senderismo o hiking, actividades ecuestres, cicloturismo, escalada en roca, pesca recreativa, observación de biodiversidad, cañonismo, canopy, tirolesa y/o arborismo, sandboard, parapente y vehículos todo terreno.
“Chile ha sido reconocido en siete ocasiones como el Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo en los World Travel Awards, y ese liderazgo también nos exige avanzar con decisión en seguridad. Por eso, la actualización de estas normas, que fue producto de un trabajo colaborativo con la industria, y la incorporación por primera vez del salto bungee son pasos muy importantes, que se suman al proyecto de Ley de Turismo Aventura, que ya fue aprobado en general por el Senado y sigue avanzando en su tramitación. Queremos que quienes elijan Chile para vivir estas experiencias puedan hacerlo con confianza y seguridad”, señaló la subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos.

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Salto bungee tendrá por primera vez una norma específica
Una de las principales novedades del proceso es la creación de dos nuevas normas: una correspondiente al vocabulario de turismo aventura, destinada a unificar conceptos y criterios técnicos, y otra dedicada específicamente al salto bungee.
Esta última establece por primera vez en Chile requisitos particulares para el desarrollo de la actividad, incluyendo condiciones relacionadas con las instalaciones y el equipamiento, competencias del personal, gestión de riesgos y protocolos frente a emergencias.
Para el director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, “la actualización de este conjunto de normas representa un avance significativo para el sector turístico que busca mejorar las prácticas de seguridad del turismo aventura en Chile. También, por la incorporación de la norma técnica salto bungee y puenting, que es la principal novedad de este proceso porque crea, por primera vez, un estándar técnico específico para esta actividad en nuestro país”.

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¿Quiénes podrán realizar salto bungee?
La norma establece una edad mínima de 12 años para participar de la actividad. En el caso de los menores de edad, será necesaria la autorización del padre, madre o tutor legal.
Para las personas mayores de 60 años se establece la presentación de un certificado médico que las habilite para realizar actividades de turismo aventura.
También se incorporan condiciones relacionadas con el peso de los participantes: el mínimo será de 40 kilos y el máximo de 175 kilos. Este deberá verificarse en dos oportunidades antes de efectuar el salto.
Además, la normativa exige la participación de tres guías por cada cliente que realice la actividad, junto con otros requerimientos destinados a regular su operación.
Una actualización en medio de la discusión de una nueva ley
La publicación de las nuevas normas se inserta en una agenda más amplia para regular el turismo aventura en el país.
En paralelo, continúa la tramitación del proyecto de Ley de Turismo Aventura, iniciativa que fue aprobada en general por el Senado y se encuentra en etapa de recepción de indicaciones para continuar su discusión en la Comisión de Economía.
Con la actualización de los estándares técnicos y la incorporación del salto bungee, el sector suma nuevas exigencias orientadas a adaptar las actividades de aventura a las actuales condiciones de la industria y reforzar la gestión de los riesgos asociados a su práctica.