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¿El fin de la publicidad sexista? El ambicioso proyecto del Sernac contra la degradación de género BRAGA

¿El fin de la publicidad sexista? El ambicioso proyecto del Sernac contra la degradación de género

Con multas de hasta 1500 UTM, igual que en casos de publicidad engañosa, se busca sancionar a empresas que promuevan o utilicen “estereotipos que justifiquen o naturalicen relaciones de subordinación, desigualdad o discriminación, por razones de sexo, género u orientación sexual”: el nuevo proyecto ingresado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) incluye nuevas medidas en el marco de la atribución de facultad sancionatoria, una de ellas busca erradicar las publicidades sexistas.


“Así como la Ley del Consumidor hoy regula que la publicidad no sea falsa o engañosa, el proyecto de ley busca que se tomen acciones vinculantes a través de los tribunales cuando una empresa use mensajes publicitarios que degraden a las personas por ser hombres o mujeres y las personas así lo denuncien”, explicó el ministerio de Economía Nicolás Grau a La Tercera.

El 7 de septiembre pasado se ingresó el proyecto de ley “SERNAC Te Protege” a la Cámara de Diputadas y Diputados. Su objetivo es “otorgar una serie de herramientas al SERNAC, entre ellas, la facultad de sancionar a las empresas que, incurriendo en incumplimientos, no ofrezcan soluciones oportunas y pertinentes a los consumidores que tengan problemas de consumo individuales”, se explica en el portal web de la institución.

En la iniciativa se contempla además limitar “la promoción o utilización de estereotipos que justifiquen o naturalicen relaciones de subordinación, desigualdad o discriminación, por razones de sexo, género u orientación sexual”.

El ministro de Economía, Nicolás Grau explicó al medio de comunicación nacional que lo que se pretende es tomar “acciones vinculantes a través de los tribunales cuando una empresa use mensajes publicitarios que degraden a las personas por ser hombres o mujeres”.

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“Son los tribunales de justicia, y no el Sernac, quienes van a revisar y eventualmente sancionar estos casos, al igual que lo que pasa con la publicidad falsa o engañosa”, detalló el titular de Economía para apuntar que son los tribunales los que se harán cargo del tema, no la institución en sí misma. De allí que el Sernac “sólo podrá sancionar en casos individuales”.

En esta línea, informó que las multas están en los mismos rangos que contempla la Ley del Consumidor para la publicidad engañosa, con multas de hasta 1500 UTM”, y las empresas acusadas podrán apelar en las mismas instancias que existen ahora, como Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema.

Además, la autoridad aseguró que “la única normativa que existe al respecto requiere que las empresas se acojan voluntariamente basado en el código de ética del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), que no tiene vinculatoriedad equivalente a la legal, como para modificar la conducta de los emisores de este tipo de mensajes publicitarios”.

Por último, subrayó la importancia de esta iniciativa, dentro de otras que están en el proyecto, dado que la publicidad “tiene un papel transversal en la sociedad” debido al impacto que tiene ante su amplia y colectiva llegada: una publicidad de una marca de cervezas en la que un hombre está rodeado de mujeres semi-desnudas puestas a su servicio, construye una imagen de desigualdad de género y de poder, donde las mujeres y los hombres son relegados a cumplir un mandato. Y puede ser vista por niñas y niños y personas de todas las edades, naturalizando las relaciones de subordinación.

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