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Comunidad Atacameña de Camar valora fallo de la Corte Suprema por la licitación del litio y esperan que se «consideren los derechos de los pueblos indígenas» CULTURA|MEDIOAMBIENTE Créditos: Agencia Uno (referencial)

Comunidad Atacameña de Camar valora fallo de la Corte Suprema por la licitación del litio y esperan que se «consideren los derechos de los pueblos indígenas»

Mediante un comunicado, el presidente de la Comunidad Atacameña de Camar, Héctor Cruz Castro, valoró el fallo de la Corte Suprema acerca de dejar sin acción la licitación del litio, la que se hizo durante el gobierno de Sebastián Piñera. Además señala que como comunidad es importante proteger su ecosistema y para llevar a cabo este tipo de acciones se deben respetar los estándares internacionales, los que durante el proceso de licitación no se llevo a cabo. Finalmente, le pide al Presidente Gabriel Boric que considere los derechos de los pueblos indígenas a la hora de tomar este tipo de medidas.


La Comunidad Atacameña de Camar valoró la resolución de la Corte Suprema sobre los procesos de licitación de la explotación de litio en el norte de nuestro país. La comunidad indígena interpuso unos recursos de protección, los que fueron aceptados por el máximo tribunal.

En un principio la comunidad interpuso un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Antofagasta durante noviembre de 2021, cuando comenzó el proceso de licitación en el gobierno de Sebastián Piñera. En dicha ocasión señalaron que no estaban cumpliendo el Convenio 169 de OIT y con DS Nº 66, sumado a que debían respetar la consulta indígena como indican los estándares internacionales. 

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Mediante una declaración pública, su presidente, Héctor Cruz Castro, expresa que «la comunidad atacameña de Camar siempre ha estado atenta al cuidado y protección del territorio, es por eso que nos pareció muy preocupante cuando la licitación respecto de cuotas del litio se planteaba sin determinar ningún espacio físico concreto, sino que podía ser en cualquier lugar. Para nosotros eso significaba un peligro que podía afectar nuestra cultura y forma de vida, ya que se sabe que la mayor cantidad del litio está ubicada en el Salar de Atacama y es el único lugar en Chile donde actualmente se explota intensamente y que el salar tiene un ecosistema que debe ser protegido, ya que corresponde a un sistema hídrico muy frágil y vulnerable que debe cuidarse y resguardarse».

También indica el porqué interpusieron el recurso de protección luego de que se publicó el Decreto N°23 que «establece requisitos y condiciones para las bases de Licitación». El líder de la comunidad precisa que esa medida administrativa afectaba directamente «los derechos de los pueblos indígenas y no había sido consultado lo que claramente vulneraba los derechos de los pueblos indígenas y sobre todo el de la Comunidad de Camar, que esta en el borde este del Salar y que ya ha visto afectada su forma de vida por la explotación del Litio y extracción de agua subterránea. Esta Corte no reconoció este derecho y por ello acudimos a la Corte Suprema, quien felizmente resguardó nuestros derechos y los derechos del Estado en su resolución».

Recurso de protección

La comunidad manifiesta los puntos en que se basaron para presentar el recurso de protección que ha sido aceptado por la Corte Suprema durante esta semana.

«Uno de los puntos en los que basamos nuestro recurso es la fragilidad de la cuenca hidrogeológica del Salar de Atacama, que es un ecosistema único y vulnerable, que afecta las aguas subterráneas y que está en grave peligro porque no hay sistemas adecuados de Monitoreo las aguas y del sistema hídrico y cuan afectado está por la no metálica que existe en el territorio y la extracción de agua para la minería metálica que se desarrolla fuera de la cuenca del salar», señalan.

Además, agregaron que «otro punto importante es que la autoridad no podía establecer una licitación sin establecer el sitio geográfico específico donde realizaría el proyecto, lo que podía afectar cualquier ecosistema del territorio nacional, pero se sabe que los yacimientos de Litio están en los Salares del Norte, que es territorio donde habitamos comunidades indígenas. Y esto es grave porque nos invisibiliza y niega la posibilidad de participar y decidir respecto de afectaciones en nuestros territorios».

«Las cuotas de Litio que se estaban licitando fueron 400 mil toneladas de litio que afectarían gravemente nuestros ecosistemas y formas de vida, por lo que consideramos que era importante que antes de cualquier decisión, se cumpla con la normativa que existe en Chile para proteger nuestros derechos como es el Convenio Nº169 de la OIT y el DS Nº 66 y nos hagan una consulta indígena cumpliendo todos los estándares internacionales», complementa el documento.

Solicitud al Gobierno y recurso ante la CORFO

Junto con celebrar la resolución del Tribunal, la Comunidad Atacameña de Camar le solicita al Gobierno del Presidente Gabriel Boric, que considere los derechos de los pueblos indígenas, puesto que se sienten en el «ultimo eslabón» de la sociedad nacional.

«Esperamos que esta administración considere los derechos de los pueblos indígenas, ya que durante el gobierno anterior muchas instituciones públicas nos pusieron a los pueblos y comunidades indígenas en el ultimo eslabón de la cadena del ejercicio y respeto de derechos y el derecho fundamental de consulta indígena se convirtió en un mero trámite que no se hacía casi nunca y se han vulnerado muchas veces nuestros derechos», expresan.

Finalmente y bajo esta línea, Cruz puntualizó la polémica que atraviesan con la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), a quienes acusan de repartir recursos financieros arbitrariamente y sin consulta indígena buscando dividir a las comunidades que habitan en el Salar.

«CORFO arbitrariamente y sin consulta indígena repartió unos recursos financieros fijando arbitrariamente una fórmula de repartición y negociando unilateralmente con cada comunidad del Salar dividiendo la unidad del pueblo atacameño sin respetar nuestro sentido de unidad, por lo que también estamos a la espera del Fallo de la Corte Suprema, ya que la Corte de Apelaciones no acogió nuestro recurso», cierra la declaración. 

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