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Si tu empresa te dijo que la hora de almuerzo cuenta como la reducción de horas: eso es ilegal DATOS ÚTILES

Si tu empresa te dijo que la hora de almuerzo cuenta como la reducción de horas: eso es ilegal

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Desde este domingo rige la jornada de 42 horas, pero ya hay empresas usando un atajo que la ley no permite. Si te pasó esto, aquí está lo que puedes hacer.


Desde este domingo 26 de abril rige la jornada de 42 horas semanales. Y ya hay empleadores que están intentando cumplir esa reducción de una forma que la ley no permite: imputando el tiempo de colación como parte del ajuste horario. Si tu empresa hizo eso, estás ante una infracción denunciable.

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Por qué la colación no puede contarse como reducción de jornada

En Chile, la hora de colación no es tiempo remunerado en el régimen general. Es un descanso mínimo de 30 minutos que la ley obliga al empleador a otorgar, pero que no forma parte de la jornada laboral efectiva. Precisamente por eso no puede usarse como argumento para decir que se está cumpliendo con la reducción de horas.

Lo que algunas empresas estaban haciendo era presentar ese tiempo de almuerzo como si fuera la hora menos de trabajo. El resultado práctico era que el trabajador no ganaba nada: seguía entrando y saliendo a la misma hora de siempre. Con la entrada en vigor de la nueva fase de la ley, los dictámenes de la Dirección del Trabajo son claros: no es válido.

Qué más no puede hacer tu empleador

Además del tema de la colación, hay dos reglas que aplican desde este domingo y que no admiten excepciones. La primera es que ningún empleador puede reducir el sueldo mensual como consecuencia de la reducción de jornada, la ley lo prohíbe expresamente. La segunda es que las dos horas que se restan no pueden diluirse en minutos distribuidos a lo largo de los cinco días: deben descontarse en bloques completos en días específicos o acordarse de otra forma con el trabajador, pero nunca desaparecer silenciosamente en el horario.

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Qué hacer si tu empresa no está cumpliendo

La Dirección del Trabajo es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la ley. Las empresas que no ajusten sus registros y turnos enfrentan multas que van desde 3 hasta 60 UTM por cada trabajador afectado, lo que en valores actuales equivale a entre $209.000 y $4,2 millones según el tamaño del empleador.

La denuncia se puede hacer de forma gratuita y confidencial en dt.gob.cl o en la Inspección del Trabajo de tu comuna. También puedes hacerlo a través del sindicato si tu empresa tiene uno.

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