NUEVA CONSTITUCIÓN
Crédito: Agencia Uno
Convención: Comisión de Sistema de Justicia aprueba un Consejo Superior del Ministerio Público que eliminaría figura del fiscal nacional
«La dirección superior del Ministerio Público reside en un Consejo Superior, órgano colegiado, paritario, que designará de entre sus miembros a un presidente y a un director ejecutivo», indica el articulo aprobado por la Comisión de Sistema de Justicia, que eliminaría la figura del fiscal nacional.
La Comisión de Sistema de Justicia de la Convención Constitucional aprobó este lunes -con 13 votos a favor y seis en contra- la creación de un Consejo Superior, que asumiría la dirección superior del Ministerio Público y que -en caso de que sea respaldado en particular por el Pleno- eliminaría la figura del fiscal nacional.
«La dirección superior del Ministerio Público reside en un Consejo Superior, órgano colegiado, paritario, que designará de entre sus miembros a un presidente y a un director ejecutivo», señala el artículo aprobado por los convencionales de la Comisión de Sistema de Justicia.
Asimismo, respaldaron que el Consejo Superior se encuentre compuesto por siete miembros. Según la propuesta, estos serán designados de la siguiente manera:
- Tres integrantes elegidos democráticamente por las y los fiscales entre sus pares.
- Un integrante elegido democráticamente por funcionarios y funcionarias del Ministerio Público entre sus pares.
- Tres integrantes elegidos por el Congreso plurinacional a partir de ternas elaboradas por el Consejo de Alta Dirección Pública. Los candidatos y candidatas no podrán haber desempeñado cargos de elección popular ni haber sido candidatos a ellos, así como tampoco podrán haber desarrollado funciones en el Gobierno o Administración del Estado en cargos que sean de exclusiva confianza del Presidente de la República, en los últimos cuatro años.
El texto también indica que los consejeros durarán cuatro años en sus cargos y no podrán ser reelegidos, debiendo renovarse por parcialidades en conformidad a lo que señale la ley.
«La calidad de consejero es incompatible con todo otro cargo o función sea o no remunerada, con excepción de la docencia universitaria con los límites que señale la ley», añade.
Sobre las atribución del Consejo Superior, otro artículo aprobado indica que tendrá las siguientes:
- Dirigir el organismo, velando por el cumplimiento de sus objetivos;
- Determinar la política de gestión profesional de las y los funcionarios del Ministerio Público.
- Supervigilar la política de persecución penal adoptada por el Comité del Ministerio Público.
- Evaluar y calificar permanentemente el desempeño de las y los funcionarios.
- Designar a su presidente, a los fiscales regionales, fiscales adjuntos y demás funcionarios del Ministerio Público en conformidad a la ley.
- Ejercer la potestad disciplinaria respecto de las y los funcionarios, en conformidad a la ley.
- Definir las necesidades presupuestarias, gestionando los recursos para su adecuado funcionamiento.
- Las demás atribuciones que establezca la ley.