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Propuesta de Nueva Constitución
Comisión de la Convención aprobó en particular norma que restringe la subcontratación y prohíbe la externalización de servicios NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Agencia Uno

Comisión de la Convención aprobó en particular norma que restringe la subcontratación y prohíbe la externalización de servicios

La comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en particular el artículo 9 sobre el derecho al trabajo, la que establece que «la subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios». Ante eso, diversos convencionales alertaron sobre que este afectaría a las pymes. Uno de ellos el constituyente por el Distrito 19, Felipe Harboe, quien indicó que «el derecho al trabajo quedó con errores de forma y de fondo. Excluir la subcontratación o contratos de honorarios en la Constitución es rigidizar las relaciones laborales en momentos en que la economía digital nos demanda flexibilidad. Ese inciso podría ser la mayor crisis para las pymes. Una vergüenza su aprobación». 


La comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en particular una norma que tiene relación con la subcontratación y externalización de servicios. En medio de algunas interrupciones, la comisión sesionó ante diversos emplazamientos sobre que el comparado se armó de manera muy rápida para votar todo durante esta semana.

Si bien quedó pendiente lo referido a la votación sobre seguridad social y pensiones, la comisión votó en particular el artículo 9 sobre derecho al trabajo. Dentro de esto, la indicación que más complicó la votación fue la ingresada por la convencional Giovanna Grandón, tras conseguir 17 votos a favor, 8 en contra y 8 abstenciones.

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Dicho inciso establece que «la subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios».

Dentro de los constitucionales que rechazaron se encuentran Teresa Marinovic, Rocío Cantuarias, Claudia Castro, Bárbara Rebolledo, Manuel Ossandón, Felipe Mena y Katerine Montealegre. A ellos se sumó el convencional Felipe Harboe, quien criticó duramente lo aprobado.

“El derecho al trabajo quedó con errores de forma y de fondo. Excluir la subcontratación o contratos de honorarios en la Constitución es rigidizar las relaciones laborales en momentos en que la economía digital nos demanda flexibilidad. Ese inciso podría ser la mayor crisis para las pymes. Una vergüenza su aprobación”, indicó.

Por otro lado, la convencional Rocío Cantuarias emplazó a la izquierda, argumentando que su ideología los tiene ciegos».

“No sé si la desconexión con la realidad de la izquierda es tan brutal al aprobar esta norma, o es que la ideología los tiene tan ciegos que no son capaces de dimensionar los efectos de las normas que aprueban. Se prohíbe, nada más y nada menos, que la externalización de servicios”, señaló.

“Se usan conceptos indeterminados como ‘precarización laboral’ o relaciones ‘estables’, lo que transforma esta norma en un riesgo para la libertad de trabajo y de contratación. Por otra parte, esta norma constitucional atenta contra la autonomía de la voluntad de las partes y excede los fines de una Constitución, tocando aspectos legales que requieren una ardua discusión legislativa, en mi opinión”, cerró.

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