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Propuesta de Nueva Constitución
Pleno de la Convención aprueba propuesta de emblemas nacionales e incluye reconocimiento a símbolos de pueblos originarios NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Agencia Uno

Pleno de la Convención aprueba propuesta de emblemas nacionales e incluye reconocimiento a símbolos de pueblos originarios

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«Junto a los emblemas de Chile, cada región del país podrá tener una bandera, escudo e himno regional. Las características de estos emblemas serán definidas y aprobadas por los respectivos Gobiernos Regionales», señala el artículo 17: Emblemas nacionales, aprobado esta tarde en el Pleno. No obstante, fue aprobada la indicación en particular de Paulina Veloso (RN) quien modificó el inciso primero del artículo por «el Estado reconoce los símbolos y emblemas de los distintos pueblos indígenas”, en vez de «son emblemas de Chile la bandera, el escudo, el himno nacional y aquellos pertenecientes a los pueblos y naciones indígenas».


En la sesión del Pleno de esta tarde, se pusieron a votación los artículos de la segunda propuesta del informe en particular de la Comisión de Principios Constitucionales, en donde se aprobó el artículo 17: Emblemas Nacionales, los cuales incluyeron el reconocimiento a los símbolos de los pueblos originarios. Esta propuesta fue impulsada por miembros de los colectivos de la derecha en la Convención y ahora fue aprobada con la nueva indicación agregada.

Dicha modificación fue ingresada por Paulina Veloso de Renovación Nacional, quien logró obtener la aprobación -117 votos a favor- y para sustituir el inciso primero del artículo 17, resultando en lo siguiente:

«Son emblemas nacionales de Chile la bandera, el escudo y el himno nacional. El Estado reconoce los símbolos y emblemas de los distintos pueblos indígenas”.

Este sería el cambio al inciso original que venía en la segunda propuesta de la norma presentada por la comisión, el que establecía que: «Son emblemas de Chile la bandera, el escudo, el himno nacional y aquellos pertenecientes a los pueblos y naciones indígenas», estipulaba el artículo.

En esa línea, se mantuvo el segundo inciso: «Junto a los emblemas de Chile, cada región del país podrá tener una bandera, escudo e himno regional. Las características de estos emblemas serán definidas y aprobadas por los respectivos Gobiernos Regionales». 

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