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Tribunal descartó crimen de lesa humanidad y dictó sobreseimiento de general Yáñez por muerte de malabarista en Panguipulli PAÍS

Tribunal descartó crimen de lesa humanidad y dictó sobreseimiento de general Yáñez por muerte de malabarista en Panguipulli

La defensa de la máxima autoridad de la policía uniformada, Ricardo Yáñez, fue llevada adelante por el abogado Jorge Martínez, quien sostuvo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos “vinculó el hecho de Panguipulli con la existencia de lesa humanidad, lo que jurídicamente es incorrecto, porque fue un hecho aislado que ocurrió dos años después del denominado estallido social”.


El Séptimo Juzgado de Garantía dictó el sobreseimiento del General Director de Carabineros, Ricardo Yáñez, por su responsabilidad de mando en la muerte de un malabarista en la comuna de Panguipulli, Región de Los Ríos, registrado en febrero de 2021.

El día de los hechos, el cabo segundo de Carabineros Juan González abatió a tiros al malabarista Francisco Martínez, luego que este se resistiera a un control policial y se abalanzara hacia el uniformado con dos implementos de malabarismo descritos como «armas blancas, tipo machete».

Por este caso, en febrero pasado la Corte Suprema confirmó que el uniformado actuó en legítima defensa y que no se le podía imputar un delito.

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Sin embargo, en paralelo el Ministerio Público estaba investigando a las autoridades de la época, luego de una querella de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que aseguraba que este caso se enmarcaba en un crimen de lesa humanidad.

En este contexto, el abogado defensor del general Yáñez, Jorge Martínez, solicitó al tribunal que se dictara el sobreseimiento de su representado.

La audiencia comenzó pasadas las 11:00 y fue presidida por la magistrada Marcia Figueroa. Tras escuchar los argumentos de Martínez -quien relató que el día de los hechos el general Yáñez no estaba operativo y que existían informes en derecho que descartaba la existencia de delitos de lesa humanidad-, de la fiscal Centro Norte Ximena Chong y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la jueza decidió fallar a favor de la defensa.

Tras la audiencia, Jorge Martínez sostuvo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos “vinculó el hecho de Panguipulli con la existencia de lesa humanidad, lo que jurídicamente es incorrecto, porque fue un hecho aislado que ocurrió dos años después del denominado estallido social”.

Martínez agregó que “el efecto que hay en la tramitación de estas causas, es que los tribunales en muchas no ejercen un correcto examen de admisibilidad, especialmente en este tipo de crímenes que tienen una connotación nacional y mundial muy grave”.

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