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Corte Suprema: «No olvidemos que las isapres si bien son entidades privadas están prestando un servicio público» PAÍS

Corte Suprema: «No olvidemos que las isapres si bien son entidades privadas están prestando un servicio público»

La portavoz del Poder Judicial, Ángela Vivanco, se refirió a las consecuencias del fallo de la Tercera Sala sobre alzas de planes de isapres por tabla de factores y aseguró que todos los actores involucrados en ese fallo deben cumplir con sus labores. Desde la Corte Suprema sostienen que el plazo que dieron para implementar el fallo es para que haya “un buen diálogo entre la Superintendencia y las isapres”. Por tanto, el plazo de seis meses «de ninguna manera puede ser leído como una autorización para que ninguna institución que está involucrada en esta situación, deje de cumplir con los deberes que le están impuestos».


La ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco Martínez, abordó el fallo de la Corte Suprema sobre alza de tablas de factores de isapres y las demoras que han existido en la implementación. Aseguró que se otorgó un plazo de seis meses para que las isapres y la superintendencia realicen un trabajo de adecuación de los efectos de las sentencias, pero que ese plazo en ningún caso puede implicar cambios que perjudiquen a los afiliados.

«Como ya se ha comentado, el plazo de seis meses que se dio en nuestro fallo tuvo que ver con la posibilidad que se abrieran estas mesas, estas conversaciones e intercambios entre la superintendencia y las isapres porque es un proceso fino, no es un proceso sencillo o que se pueda hacer en dos minutos, ya que implica una serie de adecuaciones (…) como es una malla como las celdas de las abejas donde hay infinita cantidad de situaciones respecto de cada isapre, afiliado, etcétera se dio este plazo extenso para que esto se pudiera ajustar y que en definitiva pudiera haber un buen diálogo entre la superintendencia y las isapres a efectos de cumplir con nuestro fallo», sostuvo la magistrada.

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En el punto ahondó:  «Eso, de ninguna manera puede ser leído como una autorización para que ninguna institución que está involucrada en esta situación deje de cumplir con los deberes que les están impuestos, no olvidemos que las isapres si bien son entidades privadas están prestando un servicio público».

En consecuencia, agregó Vivanco, las aseguradoras de salud privadas «tienen que seguir prestando todos aquellos beneficios en los que están comprometidos entre tanto se hacen estos ajustes y estas revisiones».

«El fallo nuestro no es un título para dejar de cumplir esas funciones y con esos deberes y tampoco para hacer pesar los gastos en los afiliados a tiempo ilimitado, porque las personas no tienen recursos y están pagando mensualmente una institución de salud privada justamente para que estos seguros operen y no puede pasar que yo pagando una isapre tenga que financiar operaciones costosas y quedar  en un interín, que no se sabe cuánto dura respecto de los reembolsos», complementó.

Finalmente, la vocera del máximo tribunal del país manifestó que «esa es una situación que nos preocupa y la cual no se asocia a nuestro fallo, sino que el fallo se asocia a los ajustes correspondientes, pero no para establecer plazos ilimitados para la devolución de beneficios y gastos».

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