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Corte Suprema amplía en seis meses el plazo del cumplimiento del fallo de alza de isapres PAÍS

Corte Suprema amplía en seis meses el plazo del cumplimiento del fallo de alza de isapres

La Corte Suprema accedió a la solicitud realizada por la Superintendencia de Salud para extender el plazo de cumplimiento del fallo sobre los cobros de las isapres. La ministra vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, señaló que “en aras de posibilitar que tal cumplimiento se realice efectivamente respecto de lo ordenado por este tribunal, se estima pertinente conceder la ampliación de plazo por el término de seis meses, a continuación del establecido originalmente”. Asimismo, explicó que “se han ordenado dos cosas: la adecuación de los precios de acuerdo al ajuste de la tabla de factores y, también, la eventual devolución de excedentes”. “En ninguna de las materias se ha avanzado en los seis meses que originalmente dimos. En consecuencia, considerando que es un tema que tiene complejidad y que es un tema que implica una serie de pasos y resolución de una serie de problemas, consideramos pertinente dar otros seis meses de plazo para que efectivamente el fallo se pueda cumplir”, adicionó [ACTUALIZADA].


Tras la solicitud de la Superintendencia de Salud, encabezada por Víctor Torres, la Corte Suprema accedió a la petición y extendió el plazo del cumplimiento del fallo sobre los excesivos cobros de las isapres.

La ministra vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, señaló que “en aras de posibilitar que tal cumplimiento se realice efectivamente respecto de lo ordenado por este tribunal, se estima pertinente conceder la ampliación de plazo por el término de seis meses, a continuación del establecido originalmente”.

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“El secretario de esta Corte oficiará a todas las Cortes de Apelaciones que estén conociendo de recursos de protección sobre esta materia, para que se agregue copia autorizada de esta resolución”, complementó.

En conversación con la prensa ubicada en el Palacio de Tribunales, Vivanco explicó que “se han ordenado dos cosas: la adecuación de los precios de acuerdo al ajuste de la tabla de factores y, también, la eventual devolución de excedentes”.

“En ninguna de las materias se ha avanzado en los seis meses que originalmente dimos. En consecuencia, considerando que es un tema que tiene complejidad y que es un tema que implica una serie de pasos y resolución de una serie de problemas, consideramos pertinente dar otros seis meses de plazo para que efectivamente el fallo se pueda cumplir”, adicionó.

En ese sentido, Vivanco hizo hincapié en que “lo que nosotros decimos es que, dado que no hemos evidenciado ningún avance, entonces se justifica dar un nuevo plazo, porque los fallos se dictan para que se cumplan, pero también nosotros damos esta facilidad para que verdaderamente se cumpla, ese ha sido el propósito”.

El pasado martes 9 de mayo, el Ejecutivo ingresó el proyecto de ley corta para dar curso al fallo de la Corte Suprema, el que mandata a las isapres a aplicar una nueva tabla de factores a todos los afiliados y restituir los cobros en exceso. Iniciativa cuestionada por las aseguradoras, las que apuntaron que “disfraza un cierre por secretaría del sistema”.

Luego de que la Asociación de Isapres asegurara que la ley corta presentada por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric “es un engaño y fuerza una falla sistémica en el acceso a la salud de todos los chilenos”, la ministra de la Segegob, Camila Vallejo, respondió de forma tajante a los dichos.

“Nos parece una desfachatez. Las isapres no pueden pretender que el Gobierno las acompañe en la idea de incumplir el fallo de la Corte Suprema. Si nosotros hubiéramos querido una quiebra generalizada de las isapres, la verdad es que hubiéramos mandatado la aplicación inmediata del fallo, y no estamos haciendo eso”, declaró.

A dichas críticas respondió también el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, quien recordó a La Tercera que “desde el año 2014 hasta hoy, todos los presidentes de la Corte Suprema en sus discursos inaugurales del año judicial el primero de marzo, han advertido el colapso del sistema judicial de los recursos de protección en materia de isapres. Todos”, subrayó.

“Las isapres sostuvieron sus estrategias sobre la base de la judicialización de sus planes de isapres. De acuerdo a la jurisprudencia acumulada desde el año 2015 hasta hoy, los afiliados han obtenido sentencias favorables en el 83% de los casos. Es decir, la sentencia de la Corte Suprema, a requerimiento de las propias isapres en los alegatos que se reformularon en estos casos, dio una solución permanente”, afirmó.

“Otra cosa distinta es que se quiera omitir, por parte de las isapres, la forma y modo en que han gestionado sus estrategias judiciales en aproximadamente la última década, desde que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la tabla de factores”, sentenció Cordero.

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