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Los giros de la ministra Vivanco: en 2010 defendió tabla de factores a solicitud de las isapres PAÍS Crédito: Agencia Uno

Los giros de la ministra Vivanco: en 2010 defendió tabla de factores a solicitud de las isapres

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En el año 2010, la ahora ministra y vocera de la Corte Suprema, en su calidad de profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, elaboró un informe en derecho para ser presentado por la Asociación de Isapres ante el Tribunal Constitucional. En ese documento, la abogada emite su opinión sobre la constitucionalidad y la importancia para el sistema de isapres de la existencia del artículo 38 ter de la Ley 18.933, que es el que permite la discriminación entre los afiliados mediante la tabla de factores de riesgo. “A nuestro juicio, la derogación del precepto impugnado constituiría una decisión muy grave, tanto desde la perspectiva formal como sustantiva”, dice textualmente ese Informe.


En el año 2010, la ahora ministra y vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, en su calidad de profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, elaboró un informe en derecho, encargado por la Asociación de Isapres, para ser presentado a nombre de esa asociación ante el Tribunal Constitucional (TC). En ese documento emite su opinión sobre la constitucionalidad y la importancia para el sistema de isapres del artículo 38 ter de la Ley 18.933, que es el que permite la discriminación entre los afiliados mediante la tabla de factores de riesgo. “A nuestro juicio, la derogación del precepto impugnado constituiría una decisión muy grave, tanto desde la perspectiva formal como sustantiva”, dice textualmente en parte de su Informe.

Posteriormente, la ahora ministra Ángela Vivanco, que ingresó a la Corte Suprema con fecha 8 de agosto de 2018 , fue parte del voto de mayoría de la resolución de fecha 30 de noviembre de 2022 de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que estableció la obligación de las isapres de devolver los excedentes a los afiliados a quienes se les subieron arbitrariamente sus planes de salud,  tras resolver –en el considerando tercero de las conclusiones– sobre la “imposibilidad de aplicar la tabla de factores de riesgo”, generando un verdadero “terremoto” político y jurídico, que puso en jaque a las aseguradoras, porque les ordenaba devolver a sus afiliados cobros en exceso que el Gobierno calcula en unos 1.400 millones de dólares.

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Uno de los últimos capítulos de esta historia se conoció este fin de semana, cuando la misma ministra Vivanco, que ahora está de presidenta subrogante de la Tercera Sala de la Corte Suprema (porque el ministro Sergio Muñoz se encuentra de vacaciones), señaló en una entrevista al diario La Tercera que: “Los excedentes que las isapres tienen que devolver son (solo) a las personas que demandaron”. Esa frase desató una gran sacudida institucional que tiene enfrentados a la Corte Suprema con el Gobierno del Presidente Boric. Y por extensión, a las isapres y a los usuarios de la salud privada.

Esta postura –que recientemente la propia ministra Vivanco ha sostenido que se trata de una visión personal– contrasta con lo asegurado en marzo de este año, cuando de manera enfática sostuvo que el alcance del fallo tenía un carácter general. Señaló en dicha oportunidad al Diario Financiero que “dejamos los cálculos a la Superintendencia, porque este es un fallo de efectos generales para todos aquellos que han sido afectados por la imposición de tablas de factores que no correspondía”.

Informe a solicitud de las isapres

Hace 14 años, en su calidad de profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, la abogada Ángela Vivanco tuvo una interpretación totalmente diferente a sus pronunciamientos desde noviembre del año pasado, cuando se pronunció la Tercera Sala, en el controvertido fallo contra las isapres.

Fue en 2010 cuando, haciendo uso del ejercicio libre de la profesión, elaboró un estudio en derecho a solicitud precisamente de las isapres. Ese año, la ahora ministra y vocera de la Corte Suprema, evacuó un informe para ser presentado a nombre de la Asociación de Isapres ante el Tribunal Constitucional (TC). En el documento emite su opinión sobre la constitucionalidad y la importancia para el sistema de isapres de mantener el artículo 38 ter de la Ley 18.933, que es el que precisamente permite la discriminación de los afiliados mediante la tabla de factores de riesgo.

Esta causa fue iniciada de oficio por el TC y tenía como objetivo analizar la inconstitucionalidad –”sacar” del ordenamiento jurídico una norma–, la que en este caso era dicho artículo en cuestión. Para defenderse, las isapres contrataron los servicios de Vivanco, quien, de hecho, inicia su informe dejando claro que fue encargado por las isapres.

El informe completo lo puede leer en el siguiente link.

 

 

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