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Propuesta de Nueva Constitución
Consejo Constitucional entrega la nueva propuesta al Presidente de la República PAÍS Créditos: Cedida

Consejo Constitucional entrega la nueva propuesta al Presidente de la República

Desde Tenemos que Hablar de Chile, plataforma colaborativa de participación y diálogo ciudadano, se analizaron los principales avances en materia de participación del proceso constitucional.


Este martes 7 de noviembre, en una ceremonia realizada en el ex Congreso Nacional que no estuvo exenta de polémicas, la Presidenta del Consejo Constitucional, Beatriz Hevia, hizo entrega de la propuesta constitucional al Presidente de la República.

En esta entrega, Hevia señaló que tenía la esperanza de “cerrar el capítulo constitucional” y que esperaba que a partir del 18 de diciembre pudieran “construir un Chile más próspero y unido para que las próximas generaciones puedan heredar un país donde los sueños y aspiraciones puedan florecer sin obstáculos.”.

De esta forma, el Presidente de la República, Gabriel Boric, que recibió formalmente la propuesta en sus manos, ya firmó el decreto que convoca a plebiscito constitucional en donde chilenos y chilenas se pronunciarán a favor o en contra de la propuesta.

Por su parte, el Presidente, hizo un llamado a todos los chilenos y chilenas invitando “a cumplir el deber ciudadano de votar y definir en conjunto los destinos de nuestra patria” y agregó que “confía plenamente en la sabiduría del pueblo chileno”.

¿Qué viene ahora?

El próximo 17 de noviembre comienza oficialmente la propaganda política y la franja electoral, la que finaliza el 14 de diciembre, para luego participar de la fiesta de la democracia el domingo 17 de diciembre.

Si la propuesta es aprobada, la nueva Constitución entraría en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, la que se debe hacer hasta 10 días después de su promulgación. Derogando la actual Constitución, sus reformas y leyes interpretativas.

Las leyes vigentes a la fecha seguirán vigentes mientras no sea derogada, modificada, sustituida, o bien, declarada contraria a la Constitución por el Tribunal Constitucional, cuando proceda y acorde a la norma constitucional.

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