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Resolución de Subpesca favorece la pesca arrastre pese al impacto negativo en el fondo marino PAÍS

Resolución de Subpesca favorece la pesca arrastre pese al impacto negativo en el fondo marino

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Subpesca eliminó la pesca con trampa para tres pesquerías de crustáceos y mantuvo el arrastre de fondo como modalidad vigente. La decisión favorece la continuidad de una práctica cuyos impactos nocivos sobre los ecosistemas bentónicos están ampliamente documentados por la ciencia.


Una resolución de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura modifica la nómina nacional de pesquerías artesanales y elimina la modalidad de pesca con trampa para camarón nailon, langostino amarillo y langostino colorado en distintas regiones del país. La decisión, contenida en la Resolución Exenta N.º 2542, de 28 de octubre de 2026, elimina de la nómina una de las dos modalidades que figuraban para estos recursos y mantiene la red de arrastre de fondo, que la propia autoridad identifica como el método utilizado actualmente para estas pesquerías.

El cambio tiene una consecuencia concreta: la modificación favorece, en los hechos, la continuidad de la pesca de arrastre de fondo para estos crustáceos y territorios. El informe técnico que sustenta la resolución señala que las capturas de camarón nailon, langostino amarillo y langostino colorado se realizan exclusivamente mediante esta modalidad y califica como una “inconsistencia administrativa” que la nómina mantuviera también la alternativa de pesca con trampa. Por ello, Subpesca decidió eliminar las pesquerías con trampa de la nómina.

La eliminación afecta al camarón nailon en Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío; al langostino amarillo en Atacama y Coquimbo; y al langostino colorado en Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo. En todos esos casos, la modalidad de arrastre de fondo queda como la alternativa que permanece en la nómina.

El problema ambiental es que el arrastre de fondo no es una técnica neutra para los ecosistemas marinos. Al desplazarse sobre el sedimento, las redes y sus elementos de contacto remueven y resuspenden el fondo, alteran la estructura de las comunidades bentónicas y pueden afectar especies que no son el objetivo de la pesquería. La literatura científica ha documentado reducciones en abundancia y riqueza de especies bentónicas asociadas a la intensidad del arrastre, mientras que investigaciones recientes muestran que la perturbación también modifica los procesos biogeoquímicos del sedimento.

El impacto no se limita a la biodiversidad. Estudios publicados en Nature Geoscience han encontrado que el arrastre intensivo puede reducir el carbono orgánico almacenado en los sedimentos del fondo marino, mientras que investigaciones más recientes han advertido que la resuspensión producida por esta actividad puede transformar sedimentos que funcionan como reservorios de carbono. Esto adquiere especial relevancia en un contexto en que la gestión pesquera comienza a incorporar no solo la disponibilidad de los recursos explotados, sino también la integridad de los ecosistemas que los sostienen.

El caso chileno tiene además un antecedente particularmente relevante. Un estudio publicado en 2026 sobre la cordillera de Juan Fernández y que fue publicado por El Mostrador encontró que los efectos de la pesca de arrastre de fondo persistían más de 25 años después de establecida una moratoria, mientras las zonas no arrastradas presentaban mayor cobertura de corales, abundancia de fauna y complejidad del hábitat.La resolución de Subpesca no evalúa estos impactos ambientales: su fundamento es administrativo y operacional, y busca hacer coincidir la nómina oficial con la forma en que estas pesquerías se desarrollan actualmente.

Así, la discusión que abre la resolución va más allá de una actualización administrativa. Al desaparecer de la nómina la alternativa de las trampas y mantenerse el arrastre de fondo como modalidad efectiva de captura, el Estado termina consolidando la continuidad de una práctica cuyo impacto sobre los fondos marinos está ampliamente documentado por la ciencia. La pregunta que queda abierta es si la actualización de la normativa pesquera debería limitarse a reflejar cómo se pesca actualmente o si, frente al deterioro de los ecosistemas bentónicos, también debería incorporar explícitamente criterios de protección y recuperación del fondo marino.

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