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Propuesta de Nueva Constitución
Fin al Estado subsidiario: Pleno de la Convención aprueba que Chile sea un Estado social y democrático de derecho NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Agencia Uno

Fin al Estado subsidiario: Pleno de la Convención aprueba que Chile sea un Estado social y democrático de derecho

«Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico», dice el artículo 1 de la segunda propuesta de la Comisión de Principios Constitucionales, aprobado con 114 votos a favor, 26 en contra y 10 abstenciones. La norma, que al superar la valla de los dos tercios estará en el borrador de la nueva Constitución, reemplaza al Estado subsidiario instaurado bajo la dictadura de Augusto Pinochet. El artículo aprobado añade que «se constituye como una República solidaria, su  democracia es paritaria y reconoce como valores  intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza». [ACTUALIZADA]


El Pleno de la Convención Constitucional votó la tarde de este lunes el informe de reemplazo y la segunda propuesta de la Comisión de Principios Constitucionales. En la instancia, visaron la norma que define a Chile como un Estado social y democrático de derecho, lo que viene a reemplazar al Estado subsidiario instaurado en la Constitución del 80, elaborada en la dictadura de Augusto Pinochet.

El artículo 1 del informe de la segunda propuesta de la Comisión, fue aprobado con 114 votos a favor, 26 en contra y 10 abstenciones. Al superar la valla de los dos tercios, estará en el borrador de la nueva Constitución.

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La norma señala que «Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico».

«Se constituye como una República solidaria, su  democracia es paritaria y reconoce como valores  intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la  igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación  indisoluble con la naturaleza», añade el artículo. 

«La protección y garantía de los derechos humanos  individuales y colectivos son el fundamento del Estado y  orientan toda su actividad. Es deber del Estado generar las  condiciones necesarias y proveer los bienes y servicios  para asegurar el igual goce de los derechos y la integración  de las personas en la vida política, económica, social y  cultural para su pleno desarrollo», agrega. 

Tras la votación en el Pleno, la coordinadora de la Comisión, Loreto Vallejos (Pueblo Constituyente), comentó que «el tema del artículo 1 nos tiene a todos muy contentos porque permite la garantización de los derechos sociales, que se vienen la próxima semana, genera una superación del Estado subsidiario».

«Políticamente hace el giro que buscábamos de un Estado que se haga cargo y que se responsabilice, y no el mercado, de generar certezas a la población”, añadió.

Estado plurilingüe

Los convencionales también aprobaron el artículo 12 de la segunda propuesta de la Comisión de Principios constitucionales, sobre plurilingüismo. Tuvo 105 votos a favor, 31 en contra y 11 abstenciones, por lo que igual quedará en el borrador de la nueva Constitución.

La norma señala que «Chile es un Estado  plurilingüe, su idioma oficial es el castellano y los idiomas de los pueblos indígenas serán oficiales en sus territorios  y en zonas de alta densidad poblacional de cada pueblo indígena. El Estado promueve el conocimiento,  revitalización, valoración y respeto de las lenguas indígenas de todos los pueblos del Estado Plurinacional».

Igualdad sustantiva de género

Los convencionales visaron –con 107 votos a favor, 17 en contra y 23 abstenciones– el artículo 6 del mismo informe, que consagra la igualdad sustantiva de género.

«La Constitución asegura la igualdad sustantiva de género, obligándose a garantizar el mismo trato y condiciones para las mujeres, niñas y diversidades y disidencias sexogenéricas ante todos los órganos estatales y espacios de organización de la sociedad civil», señala el texto. 

Otras normas aprobadas

El Pleno también votó en particular artículos contenidos en el informe de reemplazo de la Comisión de Principios Constitucionales. Uno de los visados fue el artículo 7, sobre la familia.

«El Estado reconoce y protege a las familias en sus diversas formas, expresiones y modos de vida, no restringiéndose a vínculos exclusivamente filiativos y consanguíneos», apunta el texto.

Lo mismo ocurrió con el artículo 9 A, sobre el principio de buen vivir. «El Estado reconoce y promueve una relación de equilibrio  armónico entre las personas, la naturaleza y la organización de la sociedad», señala.

Los convencionales también respaldaron el artículo 13 E, sobre el Estado laico.

«Chile es un Estado Laico, donde se respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales. Ninguna religión, ni creencia  en particular es la oficial del Estado, sin perjuicio de su reconocimiento y libre ejercicio, el cual no tiene más limitación que lo dispuesto por esta Constitución», indica el texto aprobado.  

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