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Tribunal Ambiental decreta paralizar faenas en mina Alcaparrosa por socavón en Tierra Amarilla PAÍS Créditos: Twitter @RedGeoChile

Tribunal Ambiental decreta paralizar faenas en mina Alcaparrosa por socavón en Tierra Amarilla

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Luego de que el Consejo de Defensa del Estado presentara una demanda, en mayo de este año, en contra de las empresas Minera Ojos del Salado y Lundin Mining, el Primer Tribunal Ambiental ordenó la suspensión temporal y provisional de las faenas de la mina Alcaparrosa, ubicada en Tierra Amarilla, región de Atacama. Según indicó el órgano juridiccional, los factores tomados en cuenta para decretar la medida incluyen “la eventual afectación al acuífero del Río Copiapó, los incumplimientos de la empresa minera respecto de sus permisos ambientales, y el riesgo inminente para la integridad y vida de los trabajadores de la faena minera”.


El Primer Tribunal Ambiental determinó el cese temporal de faenas del proyecto de la mina Alcaparrosa, que solicitó el Consejo de Defensa del Estado (CDE) tras presentar una demanda por daño ambiental luego del socavón de 36 metros de diámetro apareció en la comuna de Tierra Amarilla, ubicada en la región de Atacama. La acción judicial presentada por el consejo se presentó contra la minera Ojos del Salado y Lundin Mining.

La medida “puede extenderse el tiempo que dure el juicio, y durante su vigencia se permitirá solo la ejecución de las medidas que la Superintendencia del Medio Ambiente u otros órganos con competencia ambiental hayan determinado con el fin de prevenir eventuales riesgos”, indicó el tribunal, y se ajusta a lo pedido por el CDE.

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“Luego de revisar y analizar los antecedentes aportados por el CDE en su calidad de demandante, los informes de diversos servicios sectoriales competentes: la Dirección General de Aguas (DGA); la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)”, y los mismos recabados por el tribunal emplazado en Antofagasta, se adoptó la medida.

“Entre los factores que el órgano jurisdiccional tuvo a la vista a título ejemplar para decretar la medida estuvieron: la eventual afectación al acuífero del Río Copiapó, los incumplimientos de la empresa minera respecto de sus permisos ambientales, y el riesgo inminente para la integridad y vida de los trabajadores de la faena minera”, anunció el tribunal.

Asimismo, lo expresado por el Tribunal Ambiental señala que se “tomó la decisión al estimar que se cumplen dos de los requisitos fundamentales establecidos en el caso de las medidas cautelares y que tienen relación con la verosimilitud de la pretensión invocada (fumus boni iuris) y en la necesidad de impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidos al conocimiento del órgano jurisdiccional (periculum in mora)”.

En respuesta, la minera Ojos del Salado emitió un comunicado en el que estipulan que “nuestra compañía no comparte la argumentación del CDE y, por lo mismo, ejercerá los recursos que le franquea la ley para exponer ante el Tribunal Ambiental su posición ante esta decisión”.

“La medida cautelar obliga a nuestra Compañía a estudiar seriamente su viabilidad operacional y económica. El escenario planteado por el CDE pone en grave riesgo la continuidad de Mina Alcaparrosa”, indicaron en la misiva. Además, apuntaron a la existencia de estudios especializados que indicarían que la compañía se aseguró de que existen las condiciones de seguridad necesarias para operar en la zona.

 

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