Publicidad
Corte ratifica prisión preventiva para Daniel Jadue por caso farmacias PAÍS Foto: Francisco Paredes/AgenciaUNO

Corte ratifica prisión preventiva para Daniel Jadue por caso farmacias

Publicidad

Los argumentos de la defensa fueron desestimados. Daniel Jadue seguirá bajo la medida cautelar mientras dure la investigación por delitos de administración desleal y fraude al fisco en el denominado caso farmacias. También se ratificó la prisión para José Muñoz, exsecretario ejecutivo de Achifarp.


La Corte de Apelaciones de Santiago mantuvo la prisión preventiva del alcalde de Recoleta Daniel Jadue, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de administración desleal, estafa, fraude al fisco reiterado y un delito concursal.

El tribunal de alzada también ratificó la decisión que decretó la prisión preventiva de José Matias Muñoz Becerra, exsecretario ejecutivo de la Asociación Chilena de Farmacias (Achifarp), imputado como autor de los delitos de cohecho cometido por empleado público, administración desleal, fraude al fisco reiterado y malversación de caudales públicos.

En la resolución, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones—integrada por las ministras Jessica González, Lilian Leyton y el ministro Tomás Gray—compartió los argumentos del Tercer Juzgado de Garantía respecto de necesidad de cautela y confirmó la decisión que el 3 de junio pasado decretó la prisión preventiva de los imputados.

Los alegatos entre la fiscal Giovanna Herrera, el abogado de Jadue, Ramón Sepúlveda, y los querellantes en la causa se extendieron por casi siete horas. Tras esto, los jueces comenzaron a analizar su resolución. La defensa buscaba cambiar la medida cautelar del jefe comunal y militante del Partido Comunista, quien se encuentra bajo dicha medida cautelar en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber.

“La única medida que resulta proporcional a los fines del procedimiento”

“Este tribunal comparte los fundamentos contenidos en la resolución que se revisa, por cuanto la jueza de primer grado analiza los criterios de peligrosidad social que el legislador consagra en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, el número de delitos imputados, los bienes jurídicos protegidos, la sanción legal probable, la calidad funcionaria de los imputados, todo lo cual permite concluir que estos antecedentes calificados determinan que la única medida que resulta proporcional a los fines del procedimiento es la prisión preventiva, como acertadamente se razona en la resolución en alzada, sin que sea esta la instancia para analizar la concurrencia de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que pudieran concurrir en la especie”, señala el fallo.

El tribunal agregó que “no puede dejar de advertir, que la conducta del imputado Jadue reviste aun un mayor reproche si se considera su función actual de autoridad máxima en la Municipalidad de Recoleta y en cuya virtud ejecutó los hechos punibles que ahora son objeto de persecución penal, especialmente si siempre tuvo poder de decisión y dirección tanto en Achifarp, como en la entidad edilicia, máxime si éste fue el creador y principal dirigente de aquella asociación”.

El abogado de Jadue, Ramón Sepúlveda, dijo que la resolución de la jueza Paulina Moya no cumple con las exigencias normativas y acusó a la Fiscalía de “ceguera”.

El abogado Mario Vargas, representante de Best Quality, empresa querellante por estafa contra Jadue, expresó optimismo respecto a mantener la prisión preventiva, destacando la contundencia de la resolución judicial. Por otro lado, Christian Espejo, otro abogado querellante, criticó el argumento de la defensa de Jadue sobre el estado de salud de su madre, argumentando que “ella no necesita a Jadue libre. El país necesita a Jadue privado de libertad”.

Consulta el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Publicidad

Tendencias