PAÍS
Agencia Uno
Suprema advierte “problemas de coherencia” en proyecto que agiliza expulsiones de migrantes
El máximo tribunal advirtió que la iniciativa “guarda silencio sobre aspectos procedimentales clave” y mantiene “problemas de coherencia sistémica con el proceso penal”. También pidió precisar las facultades de los jueces para autorizar ingresos a domicilios.
La Corte Suprema formuló una serie de reparos al proyecto que busca perfeccionar y agilizar el procedimiento de expulsión administrativa de extranjeros, advirtiendo vacíos en aspectos procedimentales y problemas en su relación con el proceso penal.
El tribunal pleno analizó la iniciativa el pasado 27 de julio y el viernes 7 de agosto remitió su informe a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, luego de las modificaciones introducidas durante su segundo trámite constitucional.
Uno de los puntos abordados por los ministros corresponde a la facultad que se entrega a los jueces de garantía para autorizar el ingreso al domicilio de una persona sujeta a expulsión.
Sobre esa materia, la Suprema sostuvo que “la propuesta de radicar en los jueces de garantía la competencia para autorizar el ingreso al domicilio del infractor requiere aclarar el estándar de los antecedentes que estos deberán verificar para acceder a la solicitud”.
En particular, el máximo tribunal planteó que debe precisarse cómo se verificará la presencia de la persona en el domicilio al cual se solicita ingresar. También pidió aclarar los límites de la actuación de los jueces y las facultades que se les conceden, además de adecuar la norma relativa a su competencia.
El oficio advierte, en ese sentido, que el proyecto “guarda silencio sobre aspectos procedimentales clave”.
La Corte también examinó los cambios relativos a los mecanismos de expulsión inmediata. Según destacó, las modificaciones buscan simplificar el procedimiento y adaptarlo a la institucionalidad migratoria vigente.
Entre los cambios se encuentra la ampliación de su ámbito de aplicación, la radicación de la iniciativa en el Servicio Nacional de Migraciones, una instancia de coordinación previa con el Ministerio Público y la eliminación de etapas como una segunda audiencia para imputados que se encuentren privados de libertad.
Pese a ello, los ministros alertaron que la propuesta “mantiene problemas de coherencia sistémica con el proceso penal”, debido a que establece un mecanismo semejante a una suspensión condicional del procedimiento, pero sin incorporar todas las garantías y componentes propios de esa institución.
“En particular, si bien condiciona el sobreseimiento definitivo al cumplimiento de la prohibición de ingreso, omite regular aspectos relevantes, como la consideración de los intereses de la víctima o las demás condiciones que normalmente integran este tipo de salidas alternativas”, sostuvo el máximo tribunal.
La Suprema valoró, en cambio, que se regule mediante una ley la procedencia y tramitación del recurso de apelación ante el propio máximo tribunal respecto de las reclamaciones de expulsión, materia que actualmente se encuentra regulada mediante un Auto Acordado.
La iniciativa llegó a comisión mixta luego de las diferencias surgidas entre ambas cámaras respecto del período durante el cual una persona expulsada tendría prohibido volver a Chile.
La Cámara de Diputados había respaldado establecer un plazo mínimo de cinco años, frente a los tres años contemplados en la legislación vigente. Sin embargo, el Senado eliminó esa disposición, provocando la discrepancia que deberá ser resuelta por una instancia integrada por diputados y senadores.
Inscríbete en el Newsletter +Política de El Mostrador, súmate a nuestra comunidad para informado/a con noticias precisas, seguimiento detallado de políticas públicas y entrevistas con personajes que influyen.